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La circular 2/2022, de 20 de diciembre, sobre la actividad extraprocesal del Ministerio Fiscal en el ámbito de la investigación penal, destacó que las noticias contaban con el respaldo "mayoritario" de la jurisprudencia
Nacional 01/05/2024 ECUna circular de la Fiscalía General del Estado dio valor y relevancia hace solo dos años a las informaciones periodísticas como fuente de prueba válida en las diligencias de investigación. La circular 2/2022, de 20 de diciembre, sobre la actividad extraprocesal del Ministerio Fiscal en el ámbito de la investigación penal, destacó que las noticias contaban con el respaldo "mayoritario" de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional para servir como indicio.
La Fiscalía recurrió en los últimos días la apertura de diligencias previas por parte del Juzgado de Instrucción 41 de Madrid para investigar las actividades profesionales de Begoña Gómez.
La precisión se realizó durante la primera etapa en el cargo de la Fiscalía de Álvaro García Ortiz. Las circulares contienen criterios generales de actuación e interpretación de normas y sirven también para marcar pautas para definir la estructura y funcionamiento de los órganos del Ministerio Fiscal.
La decisión del magistrado de Madrid de abrir una investigación ha desencadenado en los últimos días un debate sobre el hecho de que la denuncia que generó el arranque de la instrucción procediera de un resumen de distintas informaciones reunidas por Manos Limpias.
El argumento principal del recurso es, según aseguran fuentes jurídicas consultadas que la denuncia no incluía indicios de delito que justificaran la incoación de un procedimiento penal. En la circular de 2022, se alude a "los singulares matices que puedan concurrir" en cada caso individual pero se destacaba que distintas sentencias del TC de los últimos años aceptaban el empleo de noticias de prensa como medios de prueba.
El escrito de la Fiscalía General mencionaba, por ejemplo, la sentencia 5/2004, de 16 de enero en la que se destacaba que no se da "ninguna infracción constitucional" por considerar pertinentes y permitir la utilización de informaciones periodísticas como medios de prueba.
Añadía que estas informaciones "pueden resultar particularmente valiosas cuando reproduzcan declaraciones efectuadas de modo libre y espontáneo por personas sospechosas en relación con el objeto de la investigación".
Señalaba, además, otra resolución, esta vez de 2005, para recordar que la Ley de Enjuiciamiento no contiene una lista tasada o completamente cerrada de los medios de prueba legítimos y que "se admite también la presencia de cualesquiera otros que pudieran conformar el juicio del tribunal".
"Darse por acreditados"
Según la tesis de la circular, la jurisprudencia existente permite que, "en determinados supuestos" y siempre "de forma individualizada y caso por caso" sea posible dar por acreditados "datos recogidos por los medios de comunicación social cuando reflejan hechos incontrastados de conocimiento general o declaraciones de personalidades u organizaciones políticas que no han sido desmentidas ni cuestionadas en el proceso".
"En conclusión, los fiscales podrán incorporar a sus diligencias de investigación las noticias periodísticas que consideren relevantes a los fines de la misma", concluía.
La Fiscalía Provincial de Madrid presentó el pasado jueves un recurso de apelación directa contra la decisión del juez Juan Carlos Peinado de abrir diligencias previas contra la mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, para investigar sus relaciones con varias empresas privadas que acabaron recibiendo fondos y contratos públicos del Ejecutivo de su marido. Lo hizo 24 horas después de que se conociera la existencia de estas pesquisas.
El procedimiento gira en torno a la presunta comisión de delitos de tráfico de influencias y corrupción en el sector privado. El Ministerio Público, al que el magistrado no se dirigió antes de adoptar la decisión, reclamó la revocación del auto y el archivo. Tras el recurso, la decisión queda en manos de la Audiencia Provincial, que tendrá que decidir ahora si avala que la investigación continúe o apoya su cierre exprés.
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