VOX exige la derogación de la ley del aborto y reclama políticas públicas que protejan a la mujer embarazada

Registra una PNL en la que demanda medidas para fomentar la natalidad y el apoyo a las familias

VOX

El Grupo Parlamentario VOX ha presentado una proposición no de ley para fomentar la vida y garantizar el consentimiento informado como alternativa al aborto. Según se lee en su iniciativa, VOX pretende con esto "recuperar paso a paso lo materialización" del derecho fundamental que es la vida. 

El derecho a la vida "constituye el derecho fundamental esencial y troncal en cuanto es el supuesto ontológico sin el que los restantes derechos no tendrían existencia posible", según recoge la sentencia 53/1985 del Tribunal Constitucional. Además, esta misma sentencia manifiesta que el Estado tiene dos obligaciones en relación con la protección del no nacido. Por un lado, "abstenerse de interrumpir o de obstaculizar el proceso natural de gestación". Por otro lado, "establecer un sistema legal para la defensa de la vida". 

En 2020, se practicaron 4784 abortos en Canarias de los 88.269 producidos en España, sin embargo, la mayor parte de las estadísticas oficiales se ofrecen en tasas de aborto por cada 1000 mujeres(no embarazadas incluidas), lo que disfraza unas cifras que equivalen a que 1 de cada 4 madres embarazadas se ven abocadas al aborto en España. 

Ante esta realidad, el GP VOX considera que la ley del aborto "supuso un ataque frontal al derecho a la vida" porque "no respeta los valores en los que se basa el texto constitucional". Asimismo, esta ley recoge un sistema de plazos por el cual la mujer podrá solicitar el aborto durante las primeras 14 semanas o hasta las 22 en caso de existir causas médicas.

Esto, según denuncia la iniciativa de VOX, produce "una absoluta desprotección del no nacido en las primeras 14 semanas" y "una discriminación inexplicable hacia las personas con discapacidad al ampliarse el plazo en el supuesto referido". 

Al mismo tiempo, la propuesta de VOX hace referencia al consentimiento informado, definido en la Ley 4/2002 como "la conformidad libre, voluntaria y consciente de un paciente, manifestada en el pleno uso de las facultades después de recibir la Información adecuada". 

En este sentido, la ley del aborto recoge que en todos los casos se habrá de informar de manera "clara, objetiva y comprensible" a las mujeres "sobre las consecuencias médicas, psicológicas y sociales de la prosecución del embarazo o de su interrupción", y hace referencia también al plazo de tres días que debe transcurrir desde que la mujer embarazada recibe la información hasta que aborta.

Sin embargo, el Gobierno, en su proyecto de ley orgánica para reformar esta ley, pretende eliminar este "plazo de reflexión", posicionándose, así, según considera VOX, "en el fomento de la muerte y no en la defensa de lo vida". 

Siguiendo con el deber de informar a las mujeres antes de abortar recogido en esta ley, el GP VOX denuncia que esta norma "omite informar acerca del estado del feto o especificar la forma en que los métodos abortivos terminarán con la vida del concebido no nacido", teniendo en cuenta que, según el Journal of Medical Ethics, "ya no se puede sostener que sea imposible que el feto sufra dolor en la ventana de 12 a 24 semanas de gestación", por lo que, en muchos casos, las mujeres que abortan no conocen las "cruentas técnicas" que se utilizan para abortar. 

Por ello, y dada la situación actual en cuanto al aborto, VOX exige que se derogue da manera inmediata la ley del Aborto y se promueva "su sustitución por normas y políticas que protejan a la mujer embarazada y al concebido no nacido del drama del aborto, garantizando información y apoyo a las madres". 

Además, pide que, "con el fin de garantizar una correcta información a las mujeres", se impulsen medidas que fomenten la natalidad y el apoyo a las familias, incluyendo el ofrecimiento, para las mujeres que lo soliciten, de asistencia psicológica gratuita, la posibilidad de escuchar el latido del feto y el acceso a ecografías 4D; y que se garantice el derecho fundamental a la objeción de conciencia de los profesionales que participen en la realización del aborto.

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