Varapalo de Europa al Gobierno por el asalto de la Justicia

En 44 años de democracia jamás se había despojado a las Cortes Generales de facultad de legislar

PEDRO SANCHEZ

Cuando faltan tres meses para que España asuma la presidencia de turno de la UE, y sin que se haya puesto remedio a la politización del Poder Judicial de la que llevan tiempo advirtiendo la propia Comisión Europea y otros informes internacionales, un nuevo dictamen vuelve a poner de manifiesto esa injerencia partidista en la Justicia española.

En esta ocasión lo ha hecho la Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos (OIDDH), dependiente de la Organización para la Seguridad y Cooperación Europea (OSCE), en relación a las enmiendas con las que el pasado mes de diciembre el Gobierno quiso reformar por la puerta de atrás las leyes del Poder Judicial y del Tribunal Constitucional para que sus dos magistrados pudieran tomar posesión sin haberlo hecho los dos propuestos por el órgano de gobierno de los jueces (CGPJ).

La tramitación de esas enmiendas, que el Ejecutivo introdujo en la proposición de ley que suprimió la sedición y reformó la malversación, fue suspendida por el Tribunal Constitucional (TC) ante las irreparables consecuencias que su aprobación habría implicado: que la mayoría progresista controlara el órgano de garantías a través de una reforma que podría ser contraria a la Carta Magna.

Entre otras modificaciones, PSOE y Podemos rebajaban la mayoría de tres quintos en el CGPJ para elegir a sus dos candidatos al Constitucional, se contemplaban responsabilidades penales para los vocales que no cumplieran los plazos para proponerlos y eliminaba el requisito de verificación del Pleno del TC sobre los nuevos magistrados.

  La suspensión de estas enmiendas provocó un choque institucional sin precedentes en el que el Ejecutivo, a través del ministro de Presidencia, Félix Bolaños, y el Legislativo, con Meritxell Batet y Ander Gil, sendos presidentes del Congreso y el Senado, a la cabeza, calificaron la decisión del Constitucional de «insólita» en orquestadas declaraciones institucionales. El primer organismo europeo que se pronuncia sobre este episodio viene a avalar la decisión de aquel TC, cuya composición era distinta a la de ahora, de mayoría progresista.

Su propio grupo descarta el plan del exdiputado del PSOE, que tilda la situación de «insostenible» y no desvela si renunciará solo

«Los principios relativos a la independencia e imparcialidad del Poder Judicial deben respetarse a la hora de reformar la legislación reguladora de los tribunales constitucionales o de los semejantes. Un mecanismo adecuado de selección y nombramiento de los magistrados (...) es una salvaguardia importante para la independencia del Poder Judicial que proporciona garantías institucionales para la independencia, credibilidad y eficacia de revisión constitucional», señala el dictamen de la OIDDH, al que ha tenido acceso este periódico.

La oficina insiste en que, aunque en el proceso de selección participen diferentes órganos del Estado, «es necesario encontrar un equilibrio adecuado para que los jueces del Constitucional no sean percibidos como un instrumento de una fuerza política sobre otra».

En ese marco de asesoramiento a los Estados de la OSCE sobre el fortalecimiento de los marcos jurídicos nacionales, el dictamen recuerda que cualquier modificación de legislación relativa al TC, especialmente la que afecta a modalidades de nombramiento y composición, «intrínsecamente ligadas a la independencia de dicho tribunal», debe abordarse con «gran cautela».

Es necesario garantizar, dice, un «proceso abierto, transparente, inclusivo y participativo», lo opuesto a lo que caracterizó a la tramitación de esas enmiendas, que se presentaron el 9 de diciembre y fueron aprobadas en cuestión de días. Antes de pasar al Senado, el TC las suspendió. Era 19 de diciembre.

Dos días después el CGPJ llegaba a un acuerdo y proponía por unanimidad a sus dos candidatos posibilitando así la renovación del tercio del TC sin que hubiera que activar el mecanismo de dudosa constitucionalidad contemplado por el Ejecutivo.

«En 44 años de democracia jamás se había despojado a las Cortes Generales de facultad de legislar»
«La OIDDH toma nota de las preocupaciones expresadas sobre la compatibilidad del proyecto de enmiendas con la Constitución. La incertidumbre relacionada con la supuesta inconstitucionalidad de las enmiendas propuestas puede afectar negativamente a la credibilidad de la reforma y, en última instancia, a la legitimidad de los magistrados que se nombraran como consecuencia de ello.

Es esencial que cualquier mecanismo antibloqueo no socave los controles y equilibrios (...) y la solución propuesta en el proyecto de enmiendas parecía favorecer de facto al Gobierno, ya que había propuesto sus nombramientos en contraposición al CGPJ».

Señala además que vincular la composición del Constitucional a la voluntad política, como se afirma en la exposición de motivos del proyecto de enmiendas, «no parece 'per se' un objetivo legítimo de la reforma».

Rebaja de mayorías
Las enmiendas rebajaban la mayoría de tres quintos del Pleno del CGPJ para elegir a los dos magistrados del TC. La OSCE apunta que la función de un mecanismo de desbloqueo «debe ser empujar a la mayoría y minoría a lograr un acuerdo», no a rebajar mayorías cualificadas.

Responsabilidad penal
El informe señala que «no es apropiada» la fijación de plazos exprés cuando se trata de elegir a magistrados constitucionales: «Debe haber tiempo suficiente en cada etapa del procedimiento». Las enmiendas fijaban once días entre la propuesta de candidatos y la votación en el CGPJ.

Plazos breves y rápidos
El dictamen también critica el hecho de que el texto contemplara responsabilidades penales para los vocales que no cumplan los plazos. «Es claramente desproporcionado y puede tener un efecto paralizador», apunta.

Candidatos idóneos
Las enmiendas eliminaban la verificación por parte del Pleno del TC de que los candidatos elegidos sean idóneos para el cargo. Para evitar «cualquier apariencia de corporativismo o politización debe existir un mecanismo independiente eficaz para garantizar el respeto a los requisitos constitucionales y legales».

Especialmente duro se muestra este organismo respecto a la rebaja de las mayorías que se pretendía en el CGPJ para desbloquear los nombramientos de los candidatos al TC, una reforma que el Gobierno no ha abandonado, pues, suspendidas las enmiendas, el PSOE y Podemos se llevaron su contenido a una proposición de ley que está paralizada.

«La función principal del mecanismo de desbloqueo es empujar a la mayoría y a la minoría a buscar un acuerdo, que no puede ser la disminución del requisito de mayoría cualificada».

Critica también los plazos «breves y rápidos» no sólo de la tramitación de las enmiendas, sino también los que se dieron al CGPJ para elegir a sus dos magistrados. «La elección de jueces constitucionales es un grave asunto que requiere, aun en caso de estancamiento, tiempo suficiente en cada etapa de nombramiento» (propuestas de candidatura, convocatoria del pleno...).

Afea también el hecho de que se tratara de eliminar el plácet del Pleno del Tribunal Constitucional a los nuevos magistrados y recuerda que es necesario que el Poder Judicial partícipe en los debates sobre política judicial nacional, más aún cuando se trata de reformas legales que le afectan.

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