La fiscal discrepa de la orden de inadmitir la querella de la pareja de Ayuso y fuerza la intervención

Cuando un fiscal “recibiere una orden o instrucción que considere contraria a las leyes o que, por cualquier otro motivo, estime improcedente”, debe trasladarlo a su superior

Isabel Díaz Ayuso

La fiscal María de la O Silva, encargada de pronunciarse sobre la querella presentada por la pareja de la presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso contra los fiscales que investigan un presunto fraude fiscal, ha invocado el artículo 27 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (EOMF).

Según este artículo, cuando un fiscal “recibiere una orden o instrucción que considere contraria a las leyes o que, por cualquier otro motivo, estime improcedente”, debe trasladarlo a su superior. En caso de persistir la discrepancia, se puede convocar una Junta de Fiscales de Sala. La reunión de esta junta tendrá lugar este miércoles a las 9:00 horas en la sede de la Fiscalía General del Estado.

La teniente fiscal del Tribunal Supremo, Ángeles Sánchez Conde, había apelado a la unidad de criterio para que la querella sea inadmitida. Sin embargo, la fiscal Silva insiste en investigar los hechos antes de emitir un informe al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid, donde ha recaído la querella. Cabe mencionar que los fiscales involucrados gozan de la condición de aforados.

Aquel juez que atendía por Marlaska

En resumen, la fiscal María de la O Silva se opone al criterio de la número dos del Ministerio Público y busca que la Junta de Fiscales de Sala decida sobre la posición a seguir en este caso. La discrepancia entre ambas fiscales se centra en si se deben practicar diligencias de investigación dentro de la misma Fiscalía antes de inadmitir la querella presentada por la pareja de Ayuso.

La situación es compleja y refleja la delicadeza de los asuntos legales y fiscales en juego.

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