Begoña Gómez pide otra vez al juez apagar las cámaras mientras declara

En un escrito, la defensa de Begoña Gómez pide insertar "una marca" en las grabaciones que las haga distinguibles

Begoña Gómez

 Begoña Gómez, ha vuelto a la carga y ha solicitado nuevamente al juez apagar las cámaras del Juzgado mientras declara en calidad de investigada por tráfico de influencias y corrupción entre particulares este viernes.

Es la segunda vez que la mujer de Pedro Sánchez solicita al titular del Juzgado de Instrucción nº 41 de Madrid, Juan Carlos Peinado, que su declaración se grabe en audio, pero no en vídeo. En la primera ocasión el pasado 5 de julio, el instructor recordó a Begoña Gómez que "todos los españoles son iguales ante la Ley" y rechazó tal pretensión.

En un escrito de 7 páginas,  la defensa de Begoña Gómez que dirige el exministro socialista Antonio Camacho señala que "conforme al carácter reservado de las actuaciones en la fase de instrucción, y para la salvaguarda del derecho de la imagen de mi representada nuevamente, y ante los antecedentes de lo ocurrido respecto de la declaración del día 5 de julio, nuevamente solicitamos a este juzgado, que se replantee su posición y atienda esta nuestra nueva petición de que no se realice grabación de la imagen de la declaración, recogiendo únicamente el audio de la misma, para limitar la vulneración de los derechos de esta, de una manera más acorde, con su posición procesal, y su derecho a la presunción de inocencia, especialmente en el momento de la instrucción, garantizado constitucionalmente en el artículo 24 de la Constitución Española".

"La anterior petición está justificada en el amparo de los derechos fundamentales de mi representada, a la intimidad y a la propia imagen, en igualdad con cualquier otra persona que se encuentre en un proceso judicial en la misma situación, y además Justifica que se adopten medidas que implican la filtración de la actuaciones reservadas del procedimiento y recordar a las partes en este proceso, las advertencias en caso de incumplimiento de las obligaciones respecto del carácter reservado delas actuaciones en la instrucción, previstas en el mismo artículo 301 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal", añade.

"Sobre la base de las mismas argumentaciones, y en defensa de los mismos derechos fundamentales, si está prohibido grabar imágenes en los pasillos de los juzgados, ante el no carácter público de estos espacios, más aún, cabe limitar la grabación de las actuaciones en la fase de instrucción, no públicas, donde no está en juego el derecho de información, y es evidente el riesgo de vulnerar los derechos fundamentales en juego, por filtraciones como las que se han dado", apunta el escrito.

"Por último, y en relación precisamente, a las imágenes recogidas en los pasillos de las dependencias judiciales el día 5 de julio, al parecer según medios de comunicación, presuntamente con la colaboración de las acusaciones populares, sería conveniente advertir a estas, que, sin perjuicio, del derecho a ejercer la acusación popular constitucionalmente prevista en el art 125 de la CE, cuando se realiza un uso abusivo de su derecho, por vía de la interpretación de lo dispuesto en el artículo 11 de la LOPJ, como podría entenderse en este caso colaborando para permitir actuaciones prohibidas que vulneran los derechos fundamentales de las partes utilizando su posición procesal, pueden ser expulsados del procedimiento", destaca.

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"Insertar una marca que las haga distinguibles"
La defensa de Gómez pide al juez que "se dicte resolución judicial que acuerde recoger la declaración de nuestra representada prevista para el día 19 de julio, únicamente a través de medios que reproduzcan la voz.

Que, se adopten las medidas oportunas para garantizar el carácter reservado de las actuaciones evitando filtraciones de estas, como, por ejemplo, oficiando a MADRID DIGITAL a fin de que procedan a no adjuntar inmediatamente las grabaciones a HORUS y a insertar a cada una de las copias obtenidas una marca que las haga distinguibles de las entregadas a cada una de las partes".

Por último, solicita "que, se recuerde a las partes las obligaciones previstas en el art. 301 de la LECRIM sobre el carácter reservado de las actuaciones y las consecuencias, en caso de incumplimiento, de ello; así como, se advierta a las acusaciones particulares, que un uso abusivo de su posición procesal podrá dar lugar a su expulsión del proceso".

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