Condenan al PSOE por prohibir el Rosario de Ferraz durante la campaña de las elecciones europeas

El Partido Socialista Obrero Español ha sido condenado en costas por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid tras recurrir la sentencia que avaló rezar el Rosario en Ferraz el 9J día de las elecciones europeas

José Andrés

El Partido Socialista Obrero Español ha sido condenado en costas por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid tras recurrir la sentencia que avaló rezar el Rosario en Ferraz el 9J —día de las elecciones europeas— el pasado 7 de junio.

Los socialistas formularon entonces un incidente de nulidad en el que pidieron anular de forma cautelarísima la sentencia que permitía esta acción cerca de su sede en la jornada de reflexión y durante la votación de las europeas. El argumento esgrimido fue que los rezos se trataban de un acto político y que este partido debería haber sido informado y considerado parte en el proceso.

 Ahora, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha desestimado el recurso presentado por el PSOE en el que se solicitaba la recusación de la magistrada Guillermina Yanguas Montero, quien fue la ponente en el procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales que autorizó la celebración del Rosario de Ferraz los días 8 y 9 de junio de 2024.

Éste fue promovido por la procuradora del PSOE, Virginia Aragón Segura, en el marco de un recurso presentado por José Andrés Calderón contra una decisión de la Junta Electoral Provincial de Madrid, emitida el 24 de mayo de 2024, y una resolución de la Delegación del Gobierno en Madrid, fechada el 27 de mayo de 2024. Sin embargo, la sentencia del tribunal, dictada el 4 de junio de 2024 avaló la celebración de los rezos, lo que motivó la actuación del PSOE.

El auto del tribunal no sólo rechaza la recusación de la magistrada Yanguas Montero, sino que también condena al PSOE a asumir las costas procesales, fijadas en un total de 300 euros, al considerar que no existían circunstancias excepcionales que justificaran otro pronunciamiento.

La resolución es firme, aunque el PSOE tiene la opción de presentar un recurso de reposición en un plazo de cinco días, previo pago de un depósito de 25 euros. La comunicación de esta decisión ya ha sido remitida al presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid y a la magistrada recusada.

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José Andrés celebra la sentencia
El impulsor del Santo Rosario en Ferraz celebrado en las escaleras del Santuario del Inmaculado Corazón de María, no ha dudado en transmitir su satisfacción por la sentencia.

«Estamos muy contentos. Es otra victoria más de las muchas que esperemos que vengan. Es inaudito el ataque sistemático que estamos sufriendo un grupo de católicos, por parte del Gobierno y el PSOE, por rezar todas las tardes en el atrio de un Santuario Mariano por la Salvación de España y del mundo».

«Ellos están obsesionados con demonizarnos y tratar de politizar un rezo que exclusivamente busca la conversión de nuestras almas. Por ello, estamos sufriendo multas, amenazas y un acoso judicial que han encontrado y encontrarán siempre resistencia por nuestra parte.

Esta victoria no se reduce únicamente a los fieles que rezamos allí a la Virgen, sino de todos los cristianos. Y aunque no busquemos la justicia humana, es un reconocimiento a la arbitrariedad que estamos padeciendo», ha concluido.

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