La juez del 'caso Errejón' pregunta a la Audiencia de Madrid si puede juzgarle tras haberle investigado

El diputado de Más País será juzgado en Plaza de Castilla por un delito leve sin que se vea afectado su aforamiento

La titular del Juzgado de Instrucción Número 16 de Madrid, Margarita Valcarce, ha preguntado a la Audiencia Provincial de Madrid si puede juzgar al diputado de Más País Íñigo Errejón tras haberle investigado una vez que el dirigente se quejara ante la posibilidad de que la magistrada instructora sea quien dirija su juicio en los Juzgados de Plaza de Castilla por un presunto delito leve de maltrato contra el vecino de Lavapiés al que supuestamente propinó una patada.

Fuentes jurídicas han asegurado a Impacto España que la juez ha elevado la cuestión a la Audiencia de Madrid para que se pronuncie y resuelva quién debe juzgar a Errejón. En concreto, ha preguntado si ha visto afectada su "imparcialidad" como magistrada instructora para poder ser también la encargada de juzgar al diputado.

Las mismas fuentes han precisado que la magistrada hará caso a lo que dicte la Audiencia. Si los jueces determinan que su imparcialidad no se ha visto afectada y que puede dirigir el juicio del diputado de Más País, lo hará. En cambio, si concluyen que no es pertinente que juzgue a Errejón, enviará el asunto a reparto de los Juzgados de Plaza de Castilla, en Madrid.

En el auto por el que acordó enviar a juicio al diputado, la magistrada Valcarce ya solicitó a las partes del procedimiento que se pronunciaran sobre el argumento de la defensa de Errejón, que alegaba que el hecho de que la juez hubiese participado en la instrucción sería causa de abstención o de recusación.

EL JUICIO
La vista oral contra el diputado, que en este caso no ve afectado su aforamiento al tratarse de un delito leve, aún no tiene fecha prevista y no se fijará hasta que no se resuelva qué juez debe juzgarle.

El pasado 25 de julio, Valcarce dictó el auto por el que envió a juicio al dirigente tras transformar el procedimiento de un presunto delito de lesiones a uno leve de maltrato en base al informe médico forense realizado en la causa. "Los hechos hasta ahora investigados pueden revestir el carácter de delito leve de maltrato (...) sin que se haya acreditado la existencia de un delito de lesiones a la vista del informe médico forense", señaló.

La magistrada indicó que en dicho informe se dejó constancia de que no se consideraba acreditada la existencia de lesiones traumáticas agudas derivadas de la agresión física, que fue descrita como "patada con impacto con planta del pie en región baja abdominal". Por eso, al no estimar lesiones, lo transformó en delito leve de maltrato.

El delito al que se enfrenta Errejón está previsto en el artículo 147.3 del Código Penal y se refiere al que golpee o maltrate de obra a otro pero sin causarle lesión. Según la normativa, es castigado con penas de multa de uno o dos meses.

TRES MESES DE INVESTIGACIÓN
La titular del juzgado acordó enviar a juicio al diputado tres meses y medio después de que el vecino de 67 años presentara denuncia ante la Comisaría Centro de Madrid. El hombre aseguró a las autoridades policiales que Errejón le propinó una patada que ha tenido consecuencias en su salud, en concreto, en la hernia inguinal que dice tener por un cáncer de colon.

En el marco de las pesquisas, la magistrada tomó declaración al denunciante y a uno de los testigos. Fuentes presentes en el interrogatorio aseguraron a Impacto España que ambos ratificaron la declaración que prestaron en sede policial.

La juez también llegó a dirigirse al Congreso para pedir que acreditara la condición de diputado de Errejón y reclamó a la Policía Científica que realizara un análisis "exhaustivo" de las imágenes recogidas por las cámaras de seguridad que grabaron la presunta agresión del dirigente al vecino de Lavapiés

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