Alberto Rodríguez pregunta a Batet si la decisión de retirarle el acta de diputado es una decisión "personal"

Quiere saber que norma le atribuye competencias para adoptar "tan arbitraria decisión"

El exdiputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez ha enviado este lunes un requerimiento a la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, en el que por medio de cuatro preguntas le solicita que aclare el motivo por el que procede su sustitución como diputado "sin procedimiento previo alguno" para privarle de su escaño, y si esa decisión ha sido "personal".

En una carta de cuatro páginas, a la que ha tenido acceso Impacto España, el ya exdiputado de Unidas Podemos pregunta también a Batet cuándo y mediante qué resolución ha adoptado esa medida por la que pierde el acta, y qué base legal sirve de apoyo para "transformar una pena accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo (...) en una de privación del escaño".

Fuentes de la defensa indican que, tal y como recoge la carta, la respuesta que dé Batet a las preguntas de Rodríguez servirá a la hora de preparar el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.

En la misiva, Rodríguez recuerda que fue elegido diputado en noviembre de 2019, y que la decisión de la presidenta de la Cámara Baja convierte la pena accesoria en otra "no prevista en la sentencia" de la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

El Supremo condenó al ya exdiputado de Unidas Podemos a la pena de prisión de un mes y quince días como autor de un delito de atentado a agente de la autoridad en una manifestación en 2014, con la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas.

La condena conlleva la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. En la sentencia, el Alto Tribunal resolvió sustituir la pena de prisión por la pena de multa de 90 días con cuota diaria de 6 euros (en total, 540 euros).

QUÉ PRECEPTO HA USADO
El que fuera diputado canario, que este fin de semana anunció que abandonaba su militancia en Podemos, pregunta también a la presidenta del Congreso qué precepto de los contenidos en el artículo 6 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) le ha aplicado.

Como cuarta pregunta, Rodríguez quiere saber "si la arbitraria privación del escaño se trata de una decisión personal suya o la misma ha sido adoptada por algún órgano colegiado". "En cualquiera de los dos casos, ruego me indique qué norma le atribuye tales competencias a usted o al órgano colegiado que haya adoptado tan arbitraria decisión", apunta.

Tras esto, señala que el hecho de haberle privado de su escaño, "en representación de más de 64.000 ciudadanos canarios", no la puede aceptar sin más, y le comunica su intención de "ejercitar todos los recursos que la ley permita para revertir tan arbitraria medida".

LA EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA

Fue el pasado viernes 22 de octubre cuando la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, decidió finalmente ejecutar la sentencia del Tribunal Supremo que condenaba al diputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez a la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo y le comunicó al condenado la pérdida de su escaño.

Según informaron fuentes de la Presidencia de la Cámara, Batet se puso en contacto personalmente con Rodríguez para trasladarle el oficio del presidente del Tribunal Supremo, Carlos Lesmes, por el que se daba traslado de la sentencia de la Sala Segunda, que comporta la pérdida de su condición de diputado, y del auto por el que se dispone su ejecución.

En la carta remitida este lunes, el exdiputado de Unidas Podemos reproduce íntegramente la carta que le envió Batet el 22 de octubre. En ella la presidenta indicaba que en virtud a la sentencia de la Sala Segunda que condena al exdiputado, "y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la LOREG, ha acordado dar traslado del mismo a V.E., así como a la Junta Electoral Central, a efectos de su sustitución, y a la Secretaría General del Congreso, a los efectos que procedan".

Rodríguez indica que dado que se regulan muchos aspecto en ese artículo 6 de la LOREG, teniendo en cuenta el informe de los letrados del Congreso que no abogaban por la pérdida del escaño, y contando con la parte dispositiva de la "injusta sentencia", requiere contestación a sus preguntas con el fin de que no se le cause indefensión.

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