Liberum pide recusar a los jueces del TSJA que deciden sobre la obligación del certificado covid

Dicen que son los mismos que ya avalaron la medida y sostienen que se ha quebrado el principio de imparcialidad

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La asociación Liberum ha interpuesto un incidente de recusación contra varios de los magistrados de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) . La acción, ejercida por el abogado Luis María Pardo, se fundamenta en la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que es causa de abstención o recusación que unos magistrados hayan participado en una instrucción determinada o resuelto sobre la misma en anterior instancia.

Liberum ya ha presentado incidentes de recusación de este tipo en otras comunidades autónomas, como Andalucía o Baleares. "Entendemos indiciariamente quebrado el principio de objetivo de imparcialidad objetiva de los Magistrados", señalan desde la asociación.

Después de que el Gobierno asturiano aprobase a finales de 2021 la exigencia del certificado covid en espacios como hostelería, gimnasios o espacios sociosanitarios, tras el aval del TSJA, Liberum presentó un recurso contencioso administrativo contra la norma.

Ha sido esta semana cuando se ha conocido que la sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA había denegado la suspensión cautelar de la exigencia. Previamente habían denegado la cautelarísima, esto es, la que va por la vía de urgencia sin escuchar a la otra parte.

En el auto, los magistrados alegaban que los derechos a la igualdad, a la intimidad y a la protección de datos "deben conciliarse" con los demás derechos en conflicto, en concreto, el derecho fundamental a la vida y a la integridad física.

"Una vez ponderados los intereses públicos y privados en juego, deben prevalecer sin lugar a dudas el interés general y la vida de nuestros conciudadanos y el mantenimiento de los servicios de salud en un nivel apropiado de respuesta frente a los legítimos intereses, sustancialmente económicos, de los miembros de la asociación recurrente", argumentaba el TSJA, que deniega la medida cautelar solicitada.

Pero desde Liberum siguen considerando que la exigencia del pasaporte vulnera derechos fundamentales como el de dignidad humana y libre desarrollo de la personalidad, el derecho a la igualdad y no discriminación, el derecho a la integridad física y moral, el derecho a la libertad ideológica, religiosa y de culto, el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar, a la propia imagen y a la protección de datos personales), el de libertad de circulación por el territorio nacional o el de reunión.

En su nuevo escrito en el que piden la recusación de los magistrados del TSJA consideran que ha de aplicarse lo que marca el artículo 77 de la LOPJ y que han de ser sustituidos porque ya se han pronunciado sobre las piezas de medidas cautelares y cautelarísimas.

Es más, Liberum afirma en su escrito, que los magistrados del TSJA que se han pronunciado sobre su petición de medidas cautelares son los mismos que ratificaron y autorizaron antes de Navidad la medida para que la aprobase el Gobierno asturiano. Recuerdan que el juez o magistrado en quien concurra alguna de las causas establecidas legalmente se abstendrá del conocimiento del asunto sin esperar a que se le recuse, según marca la Ley.

La representación legal de Liberum aprecia "presupuestos de ausencia de imparcialidad objetiva" e "indicios racionales y suficientes" de que se encuentra afectado su derecho a tener un juez imparcial. Con esas dudas sobre la imparcialidad objetiva de los magistrados por sus razonamientos de los autos previos, creen en Liberum que "se ha quebrado la falta de imparcialidad objetiva de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias".

DESDE EL 28 DE DICIEMBRE EN VIGOR
El Ejecutivo asturiano aprobó por acuerdo de Consejo de Gobierno la obligación de utilizar el pasaporte covid en determinados espacios, como hostelería, gimnasios o espacios sociosanitarios, el pasado 24 de diciembre de 2021, sumándose así a las comunidades que ya habían puesto en marcha la misma medida.

Según consta en el acuerdo, que entró en vigor el 28 de diciembre con vigencia de un mes, la medida era "necesaria y adecuada"a la vista de la evolución desfavorable que experimentaban los indicadores de otras comunidades autónomas del entorno y países, teniendo además en cuenta "el aumento del riesgo de transmisión como consecuencia de la mayor movilidad e interacción social previsibles durante las próximas fiestas navideñas".

Además, el Gobierno consideraba que la utilización del certificado "podría tener cierto efecto en el incremento de la vacunación en sectores de personas que no se han vacunado aún", si bien admitían que la vacunación "no exime de poder tener una infección activa".

El TSJA avaló a través de un auto la medida consistente en la exigencia, propuesta por el Gobierno, del certificado COVID el 23 de diciembre de 2021. Aquel día el Ministerio de Sanidad informaba de una incidencia por COVID-19 en Asturias de 1.016 caos por 100.000 habitantes a 14 días. Esa incidencia se ha multiplicado casi por cuatro y se ha elevado a 3.911,87 casos en Asturias, según el último informe, publicado por Sanidad este miércoles 19 de enero de 2022.

El Gobierno asturiano deberá decidir en los próximos días si prorroga la medida que consiste en exigir el certificado covid o si la suprime. De momento, las autoridades sanitarias del Principado no se han pronunciado.

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