La Policía encuentra las dos instrucciones que Oltra negaba tener

La Policía ha encontrado las dos instrucciones que obligaban a Oltra a dar credibilidad a la menor a abusada y actuar de inmediato

Investigacion Judicial 23/06/2022 Impacto España Noticias Impacto España Noticias
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Mónica Oltra

La defensa de Mónica Oltra puede tener problemas adicionales. El titular del Juzgado de Instrucción nº 15 de Valencia, Vicente Ríos, mantiene abierta una pieza secreta en la causa que afecta a la ya exvicepresidenta y exconsejera valenciana de Compromís. Todo, por supuesto, en relación con varios delitos derivados del presunto encubrimiento de los abusos sexuales que cometió su entonces marido, Luis Ramírez Icardi, a una menor tutelada de 14 años. La Policía ha llevado a cabo una de las órdenes dictada por el juez: la entrada en la sede de la hasta hace nada Consejería de Oltra. Y allí ha encontrado las dos instrucciones que obligaban a Oltra a dar credibilidad a la menor a abusada y actuar de inmediato. La defensa de Oltra ha esgrimido que no existía ese protocolo de actuación. Y no sólo existe, sino que estaba en la propia sede.

El instructor ordenó este lunes a la Policía Judicial registrar la Consejería de Igualdad. Concretamente, la que ocupa la Dirección Territorial de Valencia, para que se intervinieran todos los expedientes relativos a la menor que sufrió abusos. La diligencia fue acordada después de que la asociación GOBIERNA-TE, cuya querella originó la causa, presentara un escrito solicitando una serie de actuaciones.

Los agentes registraron las dependencias durante más de ocho horas recabando toda la información solicitada por el Juzgado. Principalmente, la documentación original referida a la menor y las comunicaciones telemáticas contenidas en los servidores de la Administración durante todo el año 2017.

Aparecen las dos circulares que Oltra negaba
Y allí han aparecido las dos circulares que obligaban a Oltra a hacer lo que no hizo. A dar credibilidad desde el minuto uno a la menor abusada por su entonces marido y a activar todo un protocolo de comunicación interna de lo ocurrido a las autoridades para zanjar de inmediato todo peligro de continuidad en los abusos. Las dos instrucciones fueron negadas durante mucho tiempo. Según la versión de Oltra, no tenía que hacer otra cosa que lo que hizo.

Pero dos textos contradicen por completo su versión. Una instrucción de 12 de julio de 2004 y otra de 30 de mayo de 2013. Ambas estaban obviamente en vigor. Porque la menor denunció los abusos en el año 2017. La primera de las instrucciones procedía de la Dirección General de Familia, Menor y Adopciones. Y no podía ser más directa: "Instrucciones relativas a la comunicación de hechos e incidentes relevantes en centros residenciales de protección de menores de la Comunidad Valenciana", se titulaba el documento.

Allí se señala que, "en ocasiones, en los establecimientos que acogen a menores con medidas de protección, se producen hechos o incidentes de relevancia que exceden del normal funcionamiento de un centro de estas características. La naturaleza y origen de estos hechos o incidentes pueden ser de distinta índole. En este sentido los menores residentes pueden ser tanto sujetos activos de los hechos (altercados, ausencias prolongadas no justificadas...), como sujetos pasivos (asistencias médicas de urgencia, accidentes...), o bien pueden derivar de actuaciones o comportamientos del personal trabajador del centro en infracción o extralimitación de sus funciones (faltas, manifestaciones...), e incluso éstos también pueden ser sujetos pasivos de los acontecimientos (accidentes laborales graves...), y finalmente pueden ocurrir sucesos que afectan al establecimiento por causas accidentales o por intervención de terceras personas (robos, incendios…)".

Evidentemente, las "actuaciones o comportamientos del personal trabajador del centro en infracción o extralimitación de sus funciones", englobaban los abusos a una menor de forma superlativa.

Y, en esos casos, la instrucción señala con rotundidad que "la Consejería de Bienestar Social, como órgano de la administración de la Generalitat Valenciana que tiene atribuidas las competencias en materia de protección de menores, le corresponde el ejercicio de las funciones inherentes de protección de los menores cuya guarda y tutela haya asumido, así como el control y supervisión del funcionamiento de los centros de protección de menores que actúan en el ámbito de la Comunidad Valenciana, debiendo en este sentido estar siempre puntualmente informada de cualquier incidente de importancia que afecte al menor, a su personal o al centro".

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LD

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