Juristas advierten sobre la nueva ley de secretos que impulsa Pedro Sánchez: “O la sociedad despierta o será tarde”

El objetivo es claro: que solamente se informe de lo que quiera el poder, y que, por supuesto, dicha información sea siempre beneficiosa para el Gobierno”

Adoctrinamiento 18/08/2022 Hernán Martín
OIP (1)
CENSURA

La nueva Ley de Secretos -también conocida como Ley de Información Clasificada- que promueve el Gobierno sigue sumando rechazos: primero fueron las agrupaciones profesionales de periodistas las que mostraron su enojo e indignación públicamente, y ahora se sumaron los especialistas en derecho que alertan sobre el peligro que implica esta legislación para la libertad de todos los españoles.

Un alto exmagistrado del Tribunal Supremo que prefirió no revelar su identidad dijo claramente sus temores sobre lo que está ocurriendo: “El Anteproyecto es un paso más para controlar y censurar la información. El objetivo es claro: que solamente se informe de lo que quiera el poder, y que, por supuesto, dicha información sea siempre beneficiosa para el Gobierno”.

Esta clase de censura, según el hombre, no comenzó ahora, “se inicia con el Plan de Acción contra la Desinformación, publicado en noviembre de 2021 por el Departamento de Seguridad Nacional de Moncloa, y que, con la excusa de una propuesta europea, pretende, desde Presidencia de Gobierno, controlar toda la información y eliminar aquello que desinforme. Este Anteproyecto no puede y no debe llegar a ser ni siquiera Proyecto. Y el Tribunal Constitucional debe decir ya algo sobre el Plan de Acción contra la Desinformación. ¡Ya está bien del aborregamiento de la sociedad española! Que despierte de una vez, antes que sea demasiado tarde”.

         Carlos Flores, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Valencia, también fue muy sincero: “El Gobierno de Sánchez acaba de proponer una extensión generalizada del concepto de secreto oficial llamada a multiplicar su incidencia y, en consecuencia, a incrementar la opacidad de nuestras instituciones”.

Y agregó: “En suma, sustituye la concepción estrictamente securitaria del secreto por una concepción más política, y politizable, llamada a apartar del debate público materiales que, sin poner en riesgo la seguridad nacional, sean sencillamente incómodos para el poder. Y todo ello concediendo a la ciudadanía un plazo ridículamente breve para hacer valer sus puntos de vista”.

Roberto Blanco Valdés, Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Santiago de Compostela, se sumó a las críticas de sus colegas: “Quien debe declarar los secretos debe ser una agencia independiente, como lo era el CNI, con cierta autonomía funcional. El sistema antes garantista ha quedado desvirtuado, especialmente desde que la Comisión parlamentaria de Secretos Oficiales que lo controla está integrada por partidos que son contrarios al orden constitucional, como Bildu o ERC.

Las posibilidades de abuso de la declaración de materia reservada, en estas circunstancias, son infinitas. La libertad de información es una esencia misma de la democracia. El Tribunal Constitucional en repetidas ocasiones ha repetido que la libertad de prensa es un elemento esencial para la formación de una opinión pública libre. Este derecho básico lo es, al igual que la necesidad de proteger ciertas informaciones que deben tener carácter reservado a efectos de proteger datos vinculados, por ejemplo, con la seguridad del Estado”.

 Los secretos que Sánchez quiere bien ocultar

       Es importante remarcar que la Ley de Secretos Oficiales no prevé la desclasificación automática de toda la información que fue declarada secreta ANTES de que entre en vigor la nueva legislación promovida por el Ejecutivo.

Recordemos que el Presidente recurrió, en infinidad de ocasiones, a la Ley de Secretos Oficiales, catalogando como “clasificada” información que lo comprometía para hacerla inaccesible a la prensa. 

Para justificar estas medidas, desde el Gobierno citaban siempre el mismo texto: “El acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de noviembre de 1986, en relación a la Ley 9/1968 de 5 de abril, reguladora de los Secretos Oficiales, y modificada por la Ley 48/1978 de 7 de octubre, detalla que tanto los informes sobre movimientos de aeronaves militares como los planes de protección de autoridades y pasajeros sometidas a la misma, y en concreto, los informes y datos estadísticos sobre movimientos de fuerzas, buques o aeronaves militares, deben tratarse como materia clasificada con el máximo grado de protección”.

De esta manera, Sánchez blindó el acceso a cualquier información sensible que pudiera comprometer su credibilidad, como los más de veinte vuelos que realizó en Falcon y Super Puma desde el pasado 29 de julio, cuando en un aparatoso gesto anunció en La Moncloa que se quitaba la corbata para ahorrar energía.

Si se aprueba la nueva ley, el Gobierno fortalecería todavía más su posición pro-censura porque solo el presidente y sus funcionarios estarían habilitados para clasificar o desclasificar información sensible, además de tener la capacidad de impedir el acceso a todos los datos cuya difusión suponga “una amenaza o perjuicio leve para el efectivo desarrollo de las políticas del Estado”, una categoría lo suficientemente amplia para incluir allí cualquier tema que moleste en ese momento al Ejecutivo o sus aliados estratégicos (por ejemplo, el escándalo ERE en Andalucía que terminó con dos referentes del PSOE condenados o los beneficios que obtuvieron los presos etarras estos últimos dos años).

Aurelio Martín vicepresidente de La Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE), sintetizó claramente las intenciones del Gobierno: “Entendemos que la ley que se pretende aprobar supone tanto una limitación al derecho constitucional a comunicar o recibir libremente información veraz, como al también derecho constitucional de acceso de los ciudadanos a los archivos y registros administrativos. Bastaría con que los casos de corrupción política y económica procedentes de una investigación periodística fuesen clasificados por las autoridades con las categorías de confidencial o restringido para hacer inviable la difusión de cualquier documento”.

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