Los artículos de la Constitución incumplidos por Pedro Sánchez

La obligación constitucional recogida en el precepto constitucional 97 podría haber sido vulnerada por Pedro Sánchez: «la defensa del Estado»

Opinion 30/12/2022 Patricia Sanz
OIP
Pedro Sánchez

El presidente del Gobierno ha cumplido más de siete de cada diez compromisos adquiridos en su investidura, según aseguró el propio Pedro Sánchez en rueda de prensa el pasado martes al término del segundo semestre de este 2022. Lo que el líder socialista no detalló son todos los artículos de la Constitución que su Gobierno de coalición ha perpetrado o los segundos caminos tomados para lograr sus fines durante la presente legislatura.

Por ello, antes de iniciar el año electoral, es apropiado un análisis pormenorizado de todos y cada uno de los preceptos constitucionales socavados o no protegidos de forma suficiente por el Ejecutivo, atendiendo a los títulos contenidos en la Carta Magna de 1978.

Título preliminar
Los artículos 1 y 2 de la Constitución son la síntesis del régimen democrático. Definen a España como un Estado social y democrático de Derecho, la soberanía nacional, la Monarquía parlamentaria o la indisolubilidad de la Nación española.

Si bien algunos de estos términos se analizarán más adelante, cabe adelantar que el hecho de que España se encuentre ahora más dividida que nunca, quizás no sea casualidad. De hecho, con la reciente mayoría progresista alcanzada en el Constitucional, el Estado tal y como lo conocemos ahora podría cambiar por completo en apenas unos meses. Por ejemplo, a través de un referéndum en Cataluña no declarado inconstitucional pese a ser recurrido por las formaciones que sí abogan por la democracia militante.

El artículo 3, reconocedor del español como la lengua oficial del Estado, no por encima del resto de lenguas cooficiales, pero desde luego no pisoteado por ellas, ha sido objeto de un duro ataque durante el último año. En concreto, los Ejecutivos nacional y catalán acordaron desobedecer la obligatoriedad del Tribunal Superior de Justicia catalán de garantizar, al menos, un 25% de las clases en español en las escuelas de Cataluña.

Semejante suerte corrió la bandera española, consagrada en el cuarto precepto constitucional. Para muestra, el «error involuntario» de la casa real marroquí, según respuesta parlamentaria a VOX de la Secretaría de Estado de Relaciones con las Cortes, que colocó la bandera española de forma invertida en el encuentro entre Mohamed VI y Pedro Sánchez en Marruecos. Una reunión que fue antesala de todas las concesiones fronterizas de Ceuta y Melilla en favor del reino marroquí.

Títulos I y IX. De los derechos y deberes fundamentales y del Tribunal Constitucional
En el campo de los derechos fundamentales y las libertades públicas, el Ejecutivo hizo pleno con los estados de alarma declarados en todo o en parte inconstitucionales durante 2020, tal y como denunció la formación de Abascal. No fueron dos, sino tres. Los dos primeros, aplicados de marzo a junio y de octubre a mayo en el territorio nacional y, el tercero, durante dicho verano en algunas zonas de Madrid.

Los expertos constitucionalistas apuntalan que no fue necesario acudir a un estado de excepción ni por consiguiente vulnerar derechos como el de la libertad de información, de participación o el normal funcionamiento del Parlamento. Hubiera bastado con desarrollar la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública.

Una norma que hubiera otorgado capacidad suficiente a los poderes públicos, a la autoridad sanitaria, para limitar el ejercicio de los derechos, tal y como apuntó en su voto particular el propio presidente del Tribunal Constitucional.

Dadas las malas experiencias en el Tribunal de Garantías, no resulta descabellado que el presidente haya estado luchando por lograr esa mayoría progresista en el Constitucional, saliendo incluso a dar declaraciones tras la celebración de plenos concluidos a última hora de la noche. Toda una estrategia que podría buscar controlar el último eslabón nacional de protección de los derechos fundamentales de los españoles.

El derecho a la vida, protegido por el artículo 15, es la otra asignatura pendiente de los gobiernos que hasta la fecha han ocupado el sillón de la Moncloa. Si aún queda pendiente de resolver el recurso del PP contra la Ley del aborto, a ello se suma la proposición de ley que el Ejecutivo de Sánchez aprobó en medio de la pandemia para legalizar la eutanasia y cuyos datos reales aún resultan desconocidos a fecha presente. En este caso, quedan en el limbo sendos recursos de inconstitucionalidad presentados el año pasado por VOX en junio y, tres meses más tarde, también por el PP.

La tutela efectiva de los jueces, consagrada en el artículo 24, no ha sido aún violada por el Gobierno de socialistas y comunistas, pero sí puesta en duda, como cuando se escuchó a la ministra de Igualdad calificar de «machistas» a los jueces que decidieron cumplir con la Ley: aplicar la norma penal más favorable al reo, incluso de forma retroactiva, en beneficio de agresores sexuales condenados. Y esto sólo fue la guinda de la chapucera Ley del ‘sólo sí es sí’ que acabó desprotegiendo a las mujeres.

El derecho a la educación previsto en el artículo 27, también se ve vulnerado desde hace casi dos años con la Ley Celáa, atacando la enseñanza concertada, la educación religiosa, la especial y la diferenciada y con un carácter excluyente del español como lengua vehicular. Un derecho dilapidado por la nueva Ley de familias que acaba con el pin parental, el último resquicio de patria potestad sobre los menores que ahora quedan bajo la ideología adoctrinadora del gobierno de turno.

La propiedad privada, recogida por el artículo 33, es uno de los derechos más descubiertos por el Ejecutivo. Tanto por la permisión de una legislación favorable a la okupación e inquiokupación, como votando en contra de medidas que pudieran paliar este problema social, véase el desalojo de okupas por la Policía que actúa en Cataluña. Los delitos de allanamiento y usurpación continúan in crescendo a la par que se prorroga el tope al incremento de algunos alquileres, todo un ataque al español que ahorró durante toda una vida para disponer de un bien inmueble en propiedad.

La protección de la familia y de la salud, protegidos por los artículos 39 y 43 de forma respectiva, han quedado desnudas con la Ley trans. Frente al silenciado problema de salud mental de los adolescentes, la Sanidad Pública dotará de todos los mecanismos necesarios para cubrir los cambios de sexo. El interés del mayor de 16 años prima sobre el de sus padres y están prohibidas las terapias de reconversión, despatologizando en la práctica la disforia de género.

Título II. De la Corona
Los intentos de Pedro Sánchez por inmiscuirse en la Jefatura del Estado han logrado su clímax este año con la por fin aprobada Ley de la Corona, por la que impuso funcionarios públicos en la Casa del Rey e inició la fiscalización de sus cuentas pese al sobresaliente otorgado este mismo año por el Consejo de Transparencia a la institución monárquica. Toda una leguleyada que logró saltarse la reforma super agravada exigida por la Carta Magna para modificar la Corona. Tampoco hay que olvidar la falta de protocolo del presidente en su viaje en AVE a Murcia con Felipe VI, tras negarse el monarca a posicionarse sobre la crisis institucional actual provocada por el presidente.

Títulos III y VI. De las Cortes Generales y del Poder Judicial
Aunque el Constitucional todavía no se ha posicionado sobre el fondo del asunto de los recursos del PP y VOX, lo cierto es que la Corte de Garantías aceptó las cautelarísimas de los populares para frenar la modificación de las leyes orgánicas del Poder Judicial y del Tribunal Constitucional.

Por tanto, el fallo del Constitucional podría catapultar la segunda más grave vulneración de derechos constitucionales de este Gobierno: el derecho del ejercicio del cargo representativo tanto de diputados como de senadores, en relación con el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos por medio de sus representantes.

La sola petición de VOX no ha impedido sin embargo la reforma exprés del Código Penal que deroga el delito de sedición y la rebaja el de malversación. Dos modificaciones legales que podrían crucificar la indisolubilidad de la Nación española cuando los líderes separatistas puedan volver a ir en listas de las próximas elecciones.

Y es que, el modus operandi del Gobierno de aprobar leyes vulnera de forma constante las reglas de la Carta Magna. Así lo confirmó el Constitucional respecto a la mala utilización de la figura del estado de alarma vía real decreto-ley y se ha reiterado utilizando esta figura legislativa para cuestiones que no eran de extrema y urgente necesidad.

Como tampoco se ha respetado el debido debate parlamentario y los informes de órganos consultivos en muchas leyes que bien hubieran requerido de grandes pactos de Estado, véase la reciente Ley del ‘sólo sí es sí’. O se ha llegado a la mala costumbre de dejar en manos de los jueces, decisiones que debieran pertenecer a los padres (cambio de sexo de su hijo menor de edad), o a las que jamás se tendría que haber arribado (la rebaja de las penas a los violadores).

Título IV. del Gobierno y de la Administración
La obligación constitucional recogida en el precepto constitucional 97 podría haber sido vulnerada por Pedro Sánchez: «la defensa del Estado». La querella presentada por VOX señala al presidente como supuesto autor de un «delito de conspiración para la rebelión y, alternativamente, para la sedición», ante un presunto «golpe sostenido en el tiempo».

Unas acusaciones que podrían sonar graves si no fuera por los pasos secuenciados del presidente del Gobierno: la supuesta amnistía encubierta para los líderes del proceso separatista, la eliminación de delitos que protegen al Estado, o el sorpasso de las líneas rojas con las que llegó al poder, como el pacto con su principal socio, Unidas Podemos.

Título VII. Economía y Hacienda
La incapacidad del Ejecutivo por lograr una pronta recuperación económica y social de España ha provocado que la Unión Europea permita a España saltarse la regla del gasto fiscal. Si en su día esta Nación tuvo que modificar el artículo 135.2 de la Constitución para evitar que Estado y Comunidades Autónomas incurrieran en déficit estructural, hoy y hasta el próximo diciembre de 2023 esta norma está excepcionada de cumplimiento.

¿Logrará el próximo Gobierno salvaguardar este artículo tocado y hundido por una mala gestión del parón de la pandemia? ¿Y el resto de los preceptos constitucionales incumplidos o fagocitados por el Ejecutivo de Pedro Sánchez?

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