Ocho años de cárcel para tres marroquís por formar parte de una célula yihadista en Badalona

Los tres individuos, nacidos en Marruecos, mantenían reuniones periódicas para planificar sus actuaciones y llegaron a captar a un vecino al que enviaron a combatir a Siria

Noticias Policiales 20/05/2023 Impacto España Noticias Impacto España Noticias
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Célula yihadista en Badalona

Ocho años de cárcel por formar parte de una célula yihadista de Badalona. Esa es la condena que deberán cumplir tres hermanos nacidos en Marruecos con residencia en la ciudad barcelonesa, tal como ha confirmado el Tribunal Supremo. El órgano ha desestimado el recurso que presentó la defensa de los culpables de un delito de integración en organización terrorista. 

Los tres individuos mantenían reuniones periódicas en sus domicilios personales, así como en lugares públicos del municipio como el Parque del Sol o el Pasaje de Peius Gener. Los hombres utilizaban estos encuentros para planificar sus actuaciones. 

 La célula de la que formaban parte pertenecía al grupo islamista radical Hizb Ut Tahrir al Islami (Partido de Liberación Islámica, en castellano). Este grupo se dedicaba a a la captación y adoctrinamiento de personas en esa y otras localidades para radicalizarlas en el ideario yihadista.

Los hermanos llegaron a captar a M.K., un vecino de Badalona al que enviaron a combatir a Siria, donde murió como consecuencia de un bombardeo.

 Durante el proceso judicial, la defensa de los condenados ha expresado varias quejas en lo que se refiere al estatuto de testigo protegido en la Audiencia Nacional de la persona que había denunciado los hechos que desencadenaron la investigación, concesión que considera que vulneró su derecho de defensa.

Por su parte, la sentencia ha considerado "perfectamente entendible" dicha concesión, ya que señala que podían existir riesgos para la integridad física del testigo, que dio su versión acerca de la labor de adoctrinamiento de los hermanos. Además, el documento también recuerda que el abogado tuvo oportunidad de interrogar al testigo y que, por ello, descarta que su declaración haya podido ser fruto de su animadversión hacia los acusados. 

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