Gobierno reformará el Código Penal por los delitos de libertad de expresión que afecten a instituciones y religión

Según fuentes de Sumar también aseguran que esta reforma afectará a los delitos de injurias a las instituciones entre los que se incluye la Corona, mientras que el PSOE niega que se vayan a modificar

Politica17/09/2024Impacto España NoticiasImpacto España Noticias
Felix Bolaños

Tras semanas de negociaciones, el PSOE y Sumar han llegado a un acuerdo para aprobar el Plan de Acción Democrática, también conocida como plan de regeneración, que ha sido presentada en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros de este martes.

Unas negociaciones entre ambas formaciones que no se han cerrado hasta última hora incluyendo la reforma de los delitos de opinión y de ciertos apartados de la ley mordaza, tal y como ha podido confirmar IEN a través de fuentes.

Desde Sumar han sido tajantes en lo que respecta a este plan y han dejado en claro su postura: proteger y blindar la libertad de expresión en España. Desde el partido han asegurado que la medida acordada es la siguiente:

"Abordar una reforma integral de los artículos del Código Penal que pueden afectar al derecho de libertad de expresión y a la creación artística, entre otros casos cuando se refiera a las instituciones del Estado, se trate de delitos contra los sentimientos religiosos o de escarnio público u otros supuestos, con el fin de darles una redacción homologable a los países de nuestro entorno y de atender a la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en materia de difamaciones y su encaje legal".

En dicha medida, se aclara los delitos relacionados con las ofensas religiosas y en otros casos cuando se refiera a "las instituciones del Estado". El partido liderado por Yolanda Díaz ha destacado que con la reforma -en la que se menciona una jurisprudencia que incluye sentencias de la Corona- se agrupan todas las instituciones, es decir, que también se incluye la Casa Real a pesar de que en el documento no se incluya expresamente la palabra "Corona".

En la jurisprudencia citada se recogen varias sentencias en las que Sumar se escuda para reformar lo relativo a las injurias a la Corona.

La primera es la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), de 15 de marzo de 2011, conocida como el caso Stern Taulats y Roura Capellera. En dicho fallo, el Tribunal Europeo condenó a España por violar el artículo 10 del Convenio Europea tras imponer pena de prisión a dos hombres que quemaron una fotografía de los reyes en una manifestación en 2007.

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Aunque esta no es la única. En la jurisprudencia también se hace alusión a la sentencia de 13 de marzo de 2018 del mismo tribunal y la sentencia del TEDH, de 8 de junio de 2023, en la que Otegi que llamó al rey "jefe de los torturadores" y la sentencia del TEDH, de 8 de junio de 2023, cuando el sindicalista de la CIG Pablo Fragoso Dacosta expresó que "había que quemar la puta bandera".

En esta última se dictaminó que la libertad de expresión "no se aplica solo a información o ideas que se perciben como inofensivas", sino también a las que "ofenden, crean impacto o perturbación al Estado o a cualquier sector de la sociedad".

Por su parte, fuentes del PSOE consultadas  han aseverado en que los delitos de injuria a la Corona no se tocan y que solo se van a reformar las relativas a las ofensas religiosas.

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