Detenido el hijo de Conde Pumpido tras amenazar y dejar en la carretera a su expareja
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"serios, graves, juiciosos (...) como si de un jurado popular se tratara"
Investigacion Judicial 25/09/2021 MDEl circo mediático y la condena popular contra Antonio David Flores en Sálvame por la docuserie que protagonizó su exmujer, Rocío Carrasco, ha sido condenado por los tribunales. El juzgado de lo Social número 42 de Madrid afirma en una reveladora sentencia adelantada por El Mundo que el despido de Antonio David Flores como colaborador de Sálvame fue "nulo por vulneración de su derecho al honor".
Antonio David fue fulminantemente despedido después de la primera emisión del documental protagonizado por su ex en el que lanzaba graves acusaciones contra él. A sus palabras se sumó el "juicio paralelo", como lo califica el propio tribunal, de sus excompañeros de programa, que pese a la ausencia de condena sentenciaron al ex guardia civil en una campaña a la que se sumó incluso el Gobierno.
En concreto, el tribunal condena a la productora, La Fábrica de la Tele, a pagar a Antonio David Flores todos los sueldos que ha dejado de recibir desde el despido, estimados en 32.361 euros y a una indemnización adicional de 50.000 euros.
La sentencia comenta el papel que han jugado tanto periodistas y colaboradores como políticos en torno al programa de Rocío Carrasco y sus acusaciones contra Antonio David por maltrato. Incluye incluso un tuit de la ministra Irene Montero llamando a Carrasco "víctima de violencia de género" y de Adriana Lastra, portavoz del PSOE, calificando de "valiente" y "superviviente" a la hija de Rocío Jurado.
La magistrada que firma la sentencia se centra en el Sálvame inmediatamente posterior al primer episodio de la docuserie. Recoge cómo se informó del despido de Antonio David Flores en directo e incluso comenta el comienzo "atípico" del programa, "con el plató a oscuras y proyectándose en una gran pantalla frente a la que habían situado seis sillas (que eran ocupadas por la presentadora y los colaboradores), diversos fragmentos de la entrevista de Rocío Carrasco".
El "veredicto" de Carlota Corredera
Destaca la magistrada cómo Flores se enteró de su despido "a través del programa, a la vez que todos los espectadores". Añadiendo datos como la audiencia de ese programa y del documental, subraya cómo la productora maltrató a su colaborador, comunicándole primero que se le desconvocaba al programa y después enviándole un "burofax con la carta de despido" después de que terminara Sálvame.
Añade cómo La Fábrica de la Tele evitó llamarle o comunicárselo por correo antes del programa, algo que considera "una voluntad deliberadamente buscada de que el actor no conociera su despido hasta el momento de la emisión del programa, lo que permite corroborar la finalidad de la empleadora de sacar rédito empresarial a dicho despido, reservándose la exclusiva de tal información incluso respecto del propio afectado".
La sentencia está repleta de otros párrafos tan demoledores como este tanto contra la productora como contra sus colaboradores. Afirma, por ejemplo, que Alonso Caparrós, Belén Esteban, Gema López, Gustavo González, Marta López y Kiko Jiménez participaron en el programa "serios, graves, juiciosos (...) como si de un jurado popular se tratara". Y subraya cómo la presentadora Carlota Corredera, a modo de veredicto, abre el programa anunciando el despido.
Un "juicio público paralelo"
En Carlota Corredera es en quien incide la juez al afirmar que sus respuestas a lo largo de la emisión "evidencian la voluntad de la empleadora de utilizar el despido para realizar un juicio público paralelo sobre unos hechos que ya fueron objeto de una decisión judicial firme y, obviando estos extremos, castigar al actor en la forma que está a su alcance, que es transmitiendo a la audiencia que el demandante es un maltratador y que por ello se le ha expulsado del circuito televisivo sobre el que Mediaset tiene competencia".
En opinión de la juez, durante ese programa "se presentaron como sujeto legitimado para impartir la justicia material que a su juicio fue indebidamente denegada a doña Rocío Carrasco en sede judicial, realizando consciente, deliberada y premeditadamente un juicio paralelo —público y ampliamente difundido— del actor", en alusión a Antonio David. Una sentencia para enmarcar.
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