Siguen apareciendo casos de corrupción del PSOE andaluz

Así, la disposición de los fondos públicos se hizo "sin la fiscalización previa"

Corrupción 16/10/2021 EMUDO
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Poco a poco, el juez instructor del caso ERE va finalizando la investigación de las piezas desgajadas de esta macrocausa de corrupción y va poniendo, negro sobre blanco, en qué consistían las irregularidades de los expedientes de regulación de empleo (ERE) costeados con dinero público por los anteriores gobiernos andaluces del PSOE.

Una de esas piezas es la referida a la ayuda de 1,5 millones de euros que pagó la Junta de Andalucía en 2002, durante la etapa de Manuel Chaves como presidente andaluz, para que la empresa Siemens Metering hiciera un ERE entre su plantilla que afectó a 36 trabajadores. 

Entre las conclusiones más llamativas de las pesquisas judiciales destaca que fueron prejubilados nueve trabajadores que ni siquiera habían cumplido los 50 años cuando se aprobó el ERE en octubre de 2002. Además, todos ellos se beneficiaron de un seguro de prejubilación que les garantizaba abultadas pagas mensuales e incluso, en caso de fallecimiento, sus herederos seguirían cobrando una renta.

Ahora, el juez instructor del caso ERE, José Ignacio Vilaplana, ha procesado a cinco personas por estos hechos, que podrían ser constitutivos de presuntos delitos de prevaricación administrativa y malversación de caudales públicos, según destaca el auto difundido este jueves por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

Entre los cinco investigados en esta pieza separada del caso ERE figuran dos responsables de la mediadora Vitalia: Antonio Albarracín y Jesús María Bordallo; dos directivos de Siemens Metering: el director Administrativo y Financiero Joaquín J. D. y el director general Félix R. P.; y el responsable sindical y presidente del comité de empresa, Manuel M. R.. Asimismo, el instructor acuerda continuar las diligencias previas como procedimiento abreviado, en calidad de responsables civiles subsidiarios, contra las entidades Siemens Metering y Vitalia.

Respecto a los nueve trabajadores con menos de 50 años cuando se firmó el ERE, el juez precisa que seis de ellos estaban en una edad comprendida entre los 49 años recién cumplidos y una edad cercana a los 50. En el caso de María G. Á., en el momento de la aprobación del ERE tenía 48 años y 8 meses, si bien en la fecha fijada para el cobro de la primera renta mensual acababa de cumplir los 50 años.

En cambio, María del Carmen M. N., con 47 años y 5 meses cuando se aprobó el ERE, contaba con 49 años y 5 meses cuando cobró su primera renta mensual. El caso más significativo es el de Manuel G. C., miembro del comité de empresa que cobró su primera renta mensual con 48 años y 9 meses. Este trabajador contó en su declaración judicial que fue obligado a acogerse al ERE, por el director general de la empresa, a pesar de que no reunía los requisitos para ello.

Para instrumentalizar el pago ilícito de las ayudas para el ERE, Siemens Metering firmó una póliza de seguro de rentas de prejubilación. Entre las condiciones destaca como "prestaciones aseguradas" una "renta vitalicia diferida y constante", una "renta temporal" para cada uno de los asegurados, y otra "renta adicional temporal" de cuantía variable para financiar el convenio especial con la Seguridad Social de los ex trabajadores a partir de los 55 años y hasta los 61 años .

Además, si el trabajador incluido en el ERE fallecía, "se abonará una renta temporal a los herederos legales del mismo, renta que se hará efectiva por meses vencidos, de acuerdo con las cuantías y plazos de duración establecidos". El coste medio por persona asegurada ascendería a la suma de 123.993,38 euros.

BAREMOS OPACOS
El juez recoge en su auto que los baremos para cuantificar el importe económico de las ayudas, "aún opacos, habrían de resultar elevados y extensos, teniendo en cuenta que las prestaciones aseguradas garantizaban con carácter vitalicio" unas rentas prácticamente equivalentes al salario que percibían los empleados antes extinguir su contrato de trabajo.

Para el instructor, "no existe en todo el expediente administrativo" referido a la ayuda de 1,5 millones de la Junta para el ERE en Siemens "ninguna documentación que revele un mínimo cumplimiento de los requisitos y presupuestos que regulan la concesión de ayudas públicas o subvenciones".

Así, la disposición de los fondos públicos se hizo "sin la fiscalización previa" del expediente y "de forma arbitraria, privando a otros potenciales beneficiarios, no ya de poder percibir estas cantidades de fondos públicos, sino de poder solicitarlas" y concurrir a su concesión, subraya el auto judicial.

Para el instructor, está claro que los dos directivos de Siemens y el presidente del comité de empresa habrían participado en el "mecanismo arbitrario y defraudatorio" de concesión de las ayudas, "resultando conocedores de que se había prescindido de los principios y del procedimiento legalmente procedentes". Remarca que "no cumplieron con las exigencias y requisitos legales que a ellos -en particular, a la empresa beneficiaria de las ayudas-, cuando menos, les correspondían para la obtención de las subvenciones graciosamente concedidas".

"Sin el concurso de los responsables de los sindicatos [el presidente del comité de empresa], en representación de los trabajadores, y de la propia empresa, no se hubiesen concedido ni abonado las ayudas ilícitas que constan otorgadas y satisfechas para financiar los acuerdos que, a través de negociación y de medidas de presión y conflicto colectivo, consiguieron comprometer a los responsables de la Consejería de Empleo de la Junta Andalucía", dice el juez.

Para el instructor, "no resulta relevante" que Siemens pudiera tener derecho a estas ayudas, por la situación de crisis que atravesaba. Primero, porque "tales hipótesis habrían de ser contrastadas" y, segundo, porque se trataba de una "ayuda selectiva" otorgada de "forma arbitraria" en favor de una empresa, "por lo que se estaría discriminando" a otras sociedades y trabajadores que "pudieran estar en la misma situación", pero no accedieron a la ayuda irregular de la Junta.

El instructor explica que no es posible depurar la posible responsabilidad penal de los ex consejeros de Empleo José Antonio Viera y Antonio Fernández y el ex director general de Trabajo y Seguridad Social Francisco Javier Guerrero -ya fallecido-, pues "ya habrían sido encausados" en la pieza principal de los ERE, en la que los tres fueron condenados, junto a los ex presidentes de la Junta Chaves y José Antonio Griñán, junto a otros ex altos cargos.

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