Tipos de leyes y normas en España

Las leyes se definen como documentos legales jurídicos escritos que prevalecen frente a cualquier fuente normativa.

Noticias 01/01/2022 Impacto España Noticias Impacto España Noticias
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En España existe una jerarquía normativa con diferentes tipos de leyes y normas que elaboran los poderes del estado, con la finalidad de regular todos los ámbitos legislativos de nuestra sociedad. Los órganos legislativos son los que crean la mayoría de las leyes españolas, pudiendo delegar en el Gobierno la potestad para la creación de diferentes normas con rango equivalente al de ley.

 Cada tipo de ley nace y se crea de una forma. Generalmente el proceso de creación de una ley es largo y se divide en 3 fases: fase de iniciativa legislativa, fase de tramitación de la ley y fase de finalización y publicación.


ÍNDICE DEL ARTÍCULO 
1. Definición de Ley
2. Tipos de leyes en España2.1. ▪Constitución de 1978 y Tratados Internacionales
2.2. ▪Leyes orgánicas
2.3. ▪Leyes ordinarias
2.4. ▪Leyes de Bases
2.5. ▪Otras leyes
3. Tipos de normas en España3.1. ▪Decretos Legislativos
3.2. ▪Decreto Ley
Definición de Ley

Antes de comenzar a hablar sobre los distintos tipos de leyes y normas que existen, hay que saber qué significa «ley».

Las leyes se definen como documentos legales jurídicos escritos que prevalecen frente a cualquier fuente normativa. La creación de toda ley es el resultado de la expresión de la voluntad popular. La aprobación y publicación de las leyes corresponde al poder legislativo. Una vez están aprobadas pasan a formar parte del ordenamiento jurídico.

Toda ley es al mismo tiempo una norma jurídica que, sirven para para regular el comportamiento social y humano. A nivel estatal el órgano competente son las Cortes Generales. Y a nivel autonómico las encargadas son las Asambleas legislativas.

Tipos de leyes en España
Dentro de las leyes existe una jerarquía, que dependiendo del rango u órgano de dónde emanen tendrán un lugar en la misma. Toda norma que contradiga a la de rango superior carece de validez.

A continuación vamos a ver una explicación de la jerarquía de leyes en España.

▪Constitución de 1978 y Tratados Internacionales
La Constitución, los tratados internacionales y toda la normativa comunitaria, se encuentran al mismo nivel en la pirámide, dependiendo de quien hable de la materia podrá decir que uno está sobre el otro. Sin embargo, conviven en el mismo nivel.

▪Leyes orgánicas
 
Las leyes orgánicas vienen reguladas en el art. 81 de la Constitución Española, son aquellas que desarrollan los derechos fundamentales y libertades públicas, las que aprueban los estatutos de autonomía y la LOREG, de régimen electoral general.

Además de todas aquellas que estén previstas en la Constitución, por ejemplo, la regulación de los estados de alarma, excepción y sitio, la regulación del defensor del pueblo, entre otras. Su aprobación, modificación o derogación se llevará a cabo por mayoría absoluta de los miembros del Congreso.

▪Leyes ordinarias
Por otra parte están las leyes ordinarias, que se encuentran al mismo nivel que las leyes orgánicas, aunque se pueden ver por debajo en la jerarquía legislativa. Se encargan de regular materias que no estén reservadas a ley orgánica y para su aprobación se necesita mayoría simple de cada una de las cámaras.

▪Leyes de Bases
Las leyes de bases están reguladas en el art. 82 de la C.Española, son leyes que delegan al Gobierno la potestad para que dicte normas con rango de ley. Dichas leyes tratarán materias que no estén comprendidas en ninguna de las otras leyes de las que hemos hablado aquí.

En la ley de bases deberá especificarse el objeto y alcance de la delegación legislativa. Hay que destacar que en el art. 83 de la Constitución, se establecen 2 puntos importantes:

El primero establece que no se podrá modificar una ley de bases por la propia ley, y el segundo, que está prohibido dictar normas con carácter retroactivo.

▪Otras leyes
Otras leyes incluidas en el mismo rango que las anteriores son:

Leyes Básicas: son leyes que dicta el Estado (poder legislativo) para que desarrollen las Comunidades Autónomas mediante sus propias leyes. En el art. 149 de la C.E se hacen varias referencias a este tipo de ley.

Leyes Marco: leyes que se dictan por el Estado pero tienen como finalidad transferir competencias a las Comunidades Autónomas, que son de titularidad exclusiva del Estado. De esta forma, se amplía el campo de actuación y aumentan las competencias. Las leyes marco vienen reguladas de forma indirecta por el art. 151 de la C.Española.

Este tipo de ley nunca se podrá utilizar como legislación básica, ya que requiere de un desarrollo por la Comunidad Autónoma.

Leyes de Armonización: tienen su regulación en el art. 150.3, la finalidad de estas leyes son principalmente el interés nacional. Tienen como destinatarios las Comunidades Autónomas y se usan básicamente para armonizar (modificar) las disposiciones creadas por las C.Autónomas, donde el Estado tenga un especial interés.

Tipos de normas en España
Hay normas que no son elaboradas por el poder legislativo (Cortes generales) y se equiparan a la ley. Estas normas se crean por el Gobierno o Asambleas Legislativas y desarrollan materias que no están reservadas a ley orgánica.

¿Sabías qué?
La delegación legislativa por parte de las Cortes se otorgará por ley de bases si la finalidad es crear textos articulados, y una ley ordinaria cuando la finalidad sea refundir varios textos legislativos en uno (texto refundido).

▪Decretos Legislativos
Los decretos legislativos desarrollan materias delegadas, que no guarde la Constitución a las leyes orgánicas. Este tipo de normas las crea el gobierno, a través de la potestad legislativa otorgada por el poder legislativo mediante las leyes bases/ordinarias. Se regulan en el art. 85 de la Constitución Española.

▪Decreto Ley
El decreto ley tiene una función muy importante. Se crea en caso de extraordinaria y urgente necesidad por el Gobierno. No podrán regular materias que afecten a:

Las instituciones básicas del Estado.
Los derechos, deberes y libertades.
Al régimen de las C.Autónomas.
Al derecho electoral general.

Estos decretos serán sometidos inmediatamente a debate y votación por parte del Congreso de Diputados, en el plazo de 30 días desde la promulgación del mismo. Se regula en el art. 86 de la Constitución Española.

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