Vendrán análisis, comentarios y declaraciones de que aquí en Euskadi no ha pasado nada, que han sido unas elecciones democráticas y punto, pero aquí se ha blanqueado, y allí en Moncloa, a los herederos de ETA
PP Y VOX MADRID DE ACUERDO EN DESTRUIR LA NATURALEZA DE MADRID CON EL ANTEPROYECTO DE LEY ÓMNIBUS
Permite al Gobierno Regional determinar qué proyectos tienen este alcance, sin necesidad de fundamentar su utilidad pública o interés social
Noticias 08/01/2022 Salvador T. GimenezUn anteproyecto de Ley realizado en plenas fiestas mientras la ciudadanía disfruta de las navidades, este anteproyecto de ley supondrá la destrucción de zonas naturales de Madrid, dicho anteproyecto está siendo denunciado por diferentes asociaciones.
Una de estas asociaciones es Ecologistas acción, que denuncia que de salir esta Ley, destruiría la poca naturaleza que queda en Madrid, como suele pasar estas leyes salen cuando la gente está en otras cosas, PP y Vox se unen para aprobar una ley que pone en riesgo la naturaleza madrileña.
Ecologistas acción alegan que la ley Ómnibus traerá consigo efectos negativos sobre la ordenación territorial, el urbanismo y el medio ambiente.
Algunos de los principales efectos que podrá tener la Ley en materia urbanística y de ordenación territorial son:
· Proyectos de Alcance Regional: permite al Gobierno Regional determinar qué proyectos tienen este alcance, sin necesidad de fundamentar su utilidad pública o interés social, los cuales podrán ser realizados en cualquier tipo de suelo (esté protegido o no). Además, faculta a cualquier entidad privada la posibilidad de tramitarlos, actualmente limitado a los Centros Integrales de Desarrollo.
· Modificación de las entidades privadas colaboradoras en materia urbanística (EPCUs): se transfiere a empresas privadas unas funciones de responsabilidad y concepción netamente públicas, como es la tramitación de licencias y declaraciones responsables urbanísticas o la inspección de actos de uso del suelo y edificación. Por ejemplo, los «certificados de conformidad» que habrán de emitir las EPCUs bastarán por sí mismos para la concesión de las licencias, sin más trámite o ratificación/rectificación por parte de los servicios municipales.
· Eliminación de la obligación de ceder suelo al ayuntamiento para la construcción de dotaciones como hospitales, parques o centros escolares. Ahora, el promotor tendrá la opción de pagar una cantidad monetaria (que en la práctica es de mucho menos valor que el suelo), lo que la ley actual solo permite cuando este justifique que no tiene suelo que pueda ceder.
· Favorece la utilización de Planes Parciales y Planes Especiales para hacer modificaciones del planeamiento general. Se pretende reducir el control y las posibilidades de evaluar negativamente operaciones de planes parciales o especiales cuando contradigan los principios del planeamiento general, el interés público y el bienestar de la ciudadanía.
· Facilita el uso de suelos públicos para ser utilizados para fines netamente lucrativos, sin justificación alguna.
· Creación de las mancomunidades de interés general. Se desligan las decisiones de estas entidades locales de los plenos de los Ayuntamientos que las conforman, lo que incrementará la falta de transparencia y el control en estas entidades ya de por sí opacas y gestoras de dinero público.
En cuanto a los efectos que puede tener en materia de medio ambiente, están:
· Reducción de la protección de las especies vegetales de flora silvestre, tanto las especies incluidas en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de la Comunidad de Madrid, como las que no lo están.
· Desprotección del arbolado de especies no protegidas. En la práctica lo que se persigue es eliminar la supervisión por parte de la administración competente en el caso de talas en obras o aprovechamientos. Los ejemplares arbóreos de las especies vegetales de flora silvestre no protegidas, por el mero hecho de serlo, se considerarán como especies de interés forestal y podrán ser sometido a un aprovechamiento comercial.
· Desprotección y privatización encubierta de los montes de utilidad pública: se elimina la obligación de estar sometidas a autorización ciertas actividades, al limitar los informes por parte de la entidad titular. Además, se amplía el plazo de las ocupaciones temporales de 15 años a 75 años, lo que supone una privatización encubierta de estos montes.
· Favorece el uso urbanístico y comercial de los Parques Regionales: propiciando nuevas infraestructuras, obras, negocios hosteleros, hoteleros y de turismo o incluso negocios y aprovechamientos residenciales, en zonas donde, hasta ahora, estaban restringidos o estaban completamente prohibidos.
· Facilita la caza en zonas de máxima protección. La actividad cinegética podrá realizarse incluso en las zonas de más alto valor ambiental, sin más limitaciones que cualquier otra zona del territorio.
· Posibilita modificar los límites de los Parques Regionales sin control. El Gobierno Regional podrá cambiar el territorio protegido si considera que no existen suficientes valores ambientales.
Junto con la oposición frontal que suponen estas alegaciones presentadas, los colectivos Ecologistas en Acción de la Comunidad de Madrid y GRAMA consideran necesario la formación de amplio frente social y político a nivel regional que posibilite un escenario de debate y movilización para revertir este intento de expolio de los servicios y bienes comunes.
Texto de las alegaciones presentadas: _INTRODUCCIÓN_Alegaciones Ley Oḿnibus.pdf
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