Olona (Vox) denuncia a la alcaldesa de Salobreña (Granada) por supuesto delito electoral

Junta Electoral Provincial de Granada no ha encontrado "obstáculo legal alguno" para la proclamación de la candidatura de Macarena Olona

Macarena Olona

La candidata de Vox a la Presidencia de la Junta de Andalucía, Macarena Olona, ha presentado este lunes en la Comandancia de la Guardia Civil de Salobreña, en la costa de Granada, una denuncia contra la alcaldesa de la Villa, María Eugenia Rufino (PSOE), por la presunta comisión de delito electoral, de prevaricación administrativa y de vulneración de los derechos fundamentales.

En concreto, y según ha informado Vox en una nota de prensa, la denuncia ha quedado interpuesta por un supuesto delito de prevaricación administrativa (ex artículo 404 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal), y por supuesto delito electoral (ex artículo 139.7 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General), con vulneración de los derechos fundamentales de la denunciante reconocidos en los artículos 19 y 23 de la Constitución española.

Con la denuncia, la candidata de Vox ha señalado que demuestra que "no va a dejar sin respuesta las actuaciones caciquiles del Gobierno contra su persona y su formación política", para centrarse "a partir de ahora en los problemas que realmente interesan a los andaluces".

En el escrito presentado se realiza una descripción de "cómo se ha vulnerado la privacidad de Macarena Olona, a pesar de vivir con escolta permanente por encontrarse amenazada de muerte por su actividad política".

Es un aspecto, ha agregado Olona, que "no ha importado ni al Ayuntamiento de Salobreña, ni a su alcaldesa, quienes han actuado movidos por intereses políticos". En la denuncia se deja constar que la denunciada habría "utilizado torticeramente las instituciones y potestades públicas municipales, perjudicando gravemente la imagen, la honorabilidad y la candidatura de la denunciante".

Además, se le trata de privar a la denunciante de un derecho fundamental, como sería el de voto, "reconocido en el artículo 23 de la Constitución española, dado que la baja en el padrón municipal comportaría la imposibilidad de participar con su voto en las próximas elecciones autonómicas andaluzas señaladas para el próximo 19 de junio de 2022".

Asimismo, "restringir su derecho fundamental a la libertad de residencia, según proclama el artículo 19 de la Constitución española". Como conclusión a la exposición detallada de motivos, ha agregado, "la alcaldesa denunciada no puede excusarse en el desconocimiento de la normativa aplicable a la regulación del empadronamiento, y protección de datos, que supone una flagrante infracción de normas de seguridad que pone en serio peligro la seguridad personal de la candidata".

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"Todo ello, refrendado por los argumentos esgrimidos en la resolución dictada este mismo lunes por la Junta Electoral Provincial, que indica la absoluta legalidad de la actuación de la candidata", ha alegado.

"Cualquier obstáculo al reconocimiento de otra situación que la de la legalidad del  empadronamiento supone una vulneración de derechos fundamentales por parte de sus promotores, además de actos delictivos", ha concluido.

Cabe recordar que la Junta Electoral Provincial de Granada no ha encontrado "obstáculo legal alguno" para la proclamación de la candidatura de Macarena Olona a la Presidencia de la Junta de Andalucía por Vox en las próximas elecciones andaluzas del 19 de junio y ha rechazado la solicitud de su anulación realizada por la coalición Andaluces Levantaos por "no cumplir el requisito de vecindad" en Andalucía y por su supuesto "empadronamiento ficticio" en el municipio granadino de Salobreña.

En este contexto, Rufino, el pasado viernes, había dictado una "resolución de inicio de baja de oficio" de Olona, en tanto que las averiguaciones practicadas por la Policía Local tras "varias visitas" al domicilio en el que está empadronada en esta localidad, informó el Ayuntamiento de Salobreña en un comunicado, "impiden acreditar que reside en la vivienda".

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