El TJUE condena a España por poner trabas a las indemnizaciones patrimoniales a particulares
El fallo dice que la legislación española sobre responsabilidad patrimonial del Estado vulnera el principio de efectividad
El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) ha condenado este martes a España por la legislación que pone trabas las indemnizaciones a los particulares perjudicados por una actuación del Estado que vulnera las reglas europeas. El fallo sostiene que la normativa española sobre responsabilidad patrimonial del Estado vulnera el principio de efectividad, ya que impide a los perjudicados ejercer adecuadamente los derechos que les reconoce la UE.
La sentencia obliga al Gobierno de Pedro Sánchez a cambiar la legislación para ajustarla al derecho comunitario y la jurisprudencia del TJUE. De lo contrario, la Comisión Europea podría reclamar la imposición de una multa diaria a España hasta que se corrija la actual situación de incumplimiento.
La normativa en cuestión fue promovida por el entonces ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, tras la sentencia del TJUE de 2014 que declaró ilegal el denominado "céntimo sanitario" y obligaba a su devolución. El objetivo de la reforma de Montoro era precisamente evitar en el futuro este tipo de reclamaciones.
Para ello, la legislación establece una larga lista de requisitos previos para los particulares a la hora de solicitar una indemnización por los daños ocasionados por el Estado cuando éste vulnera el derecho comunitario. Entre ellos, la existencia de una sentencia previa del TJUE, así como de un fallo firme de los tribunales nacionales desestimatorio de un recurso contra la actuación administrativa que causó el daño.
Además, la norma fija un plazo de prescripción de un año desde la publicación en el Diario Oficial de la UE de la sentencia de la UE y establece que sólo son indemnizables los daños producidos en los cinco años anteriores a la fecha de dicha publicación, salvo que la sentencia disponga lo contrario.
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