Ya son 106 condenados por delitos sexuales beneficiados por la ley de Irene Montero

Las últimas 15 rebajas han trascendido este martes y se han producido en la Comunidad Valenciana, Cantabria y Extremadura

Irene Montero

El número de condenados por delitos sexuales que se ha visto beneficiado por el nuevo marco de penas que recoge la ley del 'sólo sí es sí' asciende al menos a 106, entre revisiones de condena a la baja y sentencias posteriores en aplicación de la norma. Un total de 16 personas han sido excarceladas. Las últimas 15 rebajas han trascendido este martes y se han producido en la Comunidad Valenciana, Cantabria y Extremadura.

La lista ha pasado de 91 a 106 en un día después de que la Audiencia de Alicante comunicara este martes que ha rebajado 13 condenas de delitos sexuales en aplicación de la Ley Orgánica de Garantía Integral de Libertad Sexual, que entró en vigor el pasado 7 de octubre. Una de estas revisiones ha conllevado la puesta en libertad de uno de los condenados.

Además de la rebaja registrada en Alicante, consta también una Extremadura. La Audiencia de Mérida ha modificado a la baja la pena de prisión de un hombre condenado por un delito de violación en grado de tentativa a 4 años y 3 meses. Así, le ha dejado la pena en 2 años, 10 meses y 4 días, y ha ordenado su excarcelación.

A la lista se suma una de Cantabria. La Audiencia Provincial ha rebajado de 4 años y 6 meses a 3 años la pena de prisión a un hombre como autor de un delito de agresión sexual con penetración, lo que ha supuesto su excarcelación.

Al margen, la Audiencia de Álava ha comunicado este martes que ha decretado la puesta en libertad de un hombre que realizó tocamientos en los glúteos a cuatro menores de 16 años y a una mujer mientras patinaban en una pista de hielo en Vitoria, País Vasco. Esta decisión ha sido adoptada a raíz de la resolución del Tribunal Supremo de la semana pasada por la que se rebajo de 9 años a 4 años y 6 meses la pena de prisión del condenado en aplicación de la nueva ley impulsada por el Ministerio de Igualdad.

CASOS POR COMUNIDADES AUTÓNOMAS
Con estas nuevas rebajas, fuentes consultadas confirman revisiones de sentencia y rebajas de pena en 15 comunidades autónomas.

Según los datos recabados hasta ahora, constan 20 en Madrid, 16 en Andalucía, 15 en la Comunidad Valenciana, 11 en Galicia, 9 en Canarias, 9 en Castilla y León, 5 en Cantabria, 4 en País Vasco, 4 en Cataluña, 4 en Extremadura, 3 en el Tribunal Supremo, 2 en Baleares, 2 en Murcia, 1 en Asturias y 1 en Castilla-La Mancha.

De estos 106 casos, 16 han conllevado la excarcelación de condenados: 6 de Madrid, 2 de Baleares, 2 de Galicia, 2 en la Comunidad Valenciana, 2 de Cantabria, 1 en Extremadura y 1 en País Vasco --por orden del Tribunal Supremo--.

En Galicia, en uno de los 11 casos de rebaja registrados se acordó dejar en libertad a un condenado por agresión sexual que había cumplido 11 de los 12 años de prisión que se le impuso, porque --en aplicación a la nueva ley-- debía haber sido condenado a 7 años. En otro de los casos, se rebajó en dos años la pena de un hombre que violó en Cambre a una mujer que conoció por Tinder.

En Cantabria, que ya cuenta con 5 casos, constan dos rebajas de 7 años de prisión cada una. En concreto, han pasado de penas de 18 años de prisión a penas de 11 años por una agresión sexual a una joven en un hostal de Santander.

22 REBAJAS EN UN SOLO DÍA
Hasta ahora, el día en el que se han registrado más rebajas ha sido el pasado 16 de diciembre, cuando se contabilizaron 22 en 24 horas. La lista pasó de 65 a 87 en un día después de que la Audiencia de Córdoba comunicara que había rebajado penas de prisión en 11 de 32 condenas que había revisado en aplicación de la ley del 'solo sí es sí'.

 Desde la Audiencia de Córdoba precisaron que en dos de dichas condenas se rebajaron dos años de prisión a cada penado; en otras, un año, y en algunas otras, varios meses.

Otras tres rebajas se contabilizaron en Castilla y León, en concreto, en la Audiencia de Zamora. De igual forma, Galicia se registraron tres rebajas más: dos en la Audiencia de Pontevedra y una en la de A Coruña.

País Vasco, por su parte, sumó dos rebajas aquel viernes. La Audiencia de Álava rebajó de 12 a 7 años la pena de prisión a dos mujeres condenadas por agresión sexual a otra mujer en la cárcel.

Ese mismo viernes, en Canarias, la Audiencia de Las Palmas modificó la pena de prisión de dos varones por tentativa de agresión sexual y la rebajó de 5 a 3 años y 11 meses.

La rebaja número 22 de ese día tuvo lugar en Cantabria, donde se rebajó de 6 a 4 años la pena de prisión que impuso a un hombre por agredir sexualmente a otro, con el que compartía habitación en un centro psiquiátrico de Santander.

EL CRITERIO DEL SUPREMO
La semana pasada, el Tribunal Supremo fijó que la aplicación de la Ley Orgánica de Garantía Integral de Libertad Sexual es "obligatoria" por ser "más favorable" al reo. Lo hizo en la sentencia dictada al resolver los recursos de casación del 'caso Arandina', cuyo fallo se adelantó el pasado 29 de noviembre pero se ha conocido íntegramente el miércoles.

El Alto Tribunal tuvo que hacer uso de la modificación penal al revisar la sentencia del 'caso Arandina' y condenó a 9 años de cárcel --y no a 10, como pedía la Fiscalía-- a dos exjugadores de ese club de fútbol al aplicar la ley del 'solo sí es sí'.

Los magistrados elevaron las penas --desde los 4 y 3 años que había fijado el TSJ de Castilla y León-- tras eliminar la atenuante que se había apreciado por la cercanía de edad y madurez entre condenados y víctima.

Además del 'caso de la Arandina', el tribunal ha rebajado en los últimos días otra condena por delitos de violencia sexual.

REVISIONES PENDIENTES
Las fuentes consultadas explican que el número de casos en los que se aplican las rebajas se verá incrementado en los próximos días ante las revisiones pendientes.

Solo en Madrid cuentan con 447 causas por abusos y/o agresiones sexuales condenatorias firmes, con condenado ingresado en prisión, susceptibles de revisión. De estas causas, y de oficio, los magistrados comenzaron ya la revisión de 121. A instancia de parte, se tramita la revisión de 55.

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