Otro error judicial impide seguir investigando al hermano de Ximo Puig
Las subvenciones de Ximo Puig a su hermano llegan a 2 millones: la cuota de 6 meses de 1.500 autónomos
El error de un funcionario ha impedido al Juzgado de Instrucción Número 4 de Valencia solicitar la prórroga de la investigación del caso en que está imputado Francis Puig, hermano del presidente de la Generalitat Valenciana el socialista Ximo Puig. Esta circunstancia supone, de facto, el cierre de la fase de investigación. Si bien, el informe solicitado a Intervención de la Generalitat Valenciana para cuantificar las cantidades supuestamente defraudadas, sí sigue adelante al tratarse de una diligencia en curso.
El caso de Francis Puig ha constituido un completo terremoto en la vida política valenciana, con una repercusión estatal. Por lo que la finalización de la fase de investigación contra la que el PP ha alegado, lejos de suponer un punto y final puede suponer, si el juez así lo estima, el inicio del procesamiento o la exculpación de los ahora imputados.
El 26 de enero de este mismo año 2023, el titular de Instrucción 4 de Valencia emitió un auto que acordaba la prórroga de la investigación por un periodo de seis meses más de la instrucción del caso en que está imputado Francis Puig, el hermano de Ximo Puig. En ese caso, se investiga el presunto fraude en la obtención de subvenciones de la Generalitat Valenciana por parte de empresas relacionadas con el citado Francis Puig.
Frente al auto antes mencionado, los tres imputados en el caso, Juan Enrique Adell, el director general de Política Lingüística de la Generalitat Rubén Trenzano y el citado Francis Puig interpusieron un recurso de reforma y subsidiario de apelación, del que una vez admitido a trámite se dio cuenta al Ministerio Fiscal y a las partes personadas para alegaran lo que considerasen oportuno.
Además, Rubén Trenzano y Francis Puig solicitaban la revocación de la resolución recurrida, «por cuanto no es ajustada a derecho. En el presente procedimiento no existe ninguna petición de diligencias de investigación pendiente de resolución, estando simplemente a la espera de la recepción de las ya acordadas». La Fiscalía se adhirió a este recurso, mientras que la acusación particular se opuso.
El ‘error’
Según sigue relatando el juez en el auto, al revisar las actuaciones «se ha producido un error involuntario pues en fecha de dieciocho de enero de dos mil veintitrés se dictó diligencia de ordenación en la que se hizo constar que»:… «por presentado el anterior escrito al Ministerio Fiscal solicitando prórroga de la instrucción de la causa, dese traslado a las partes para que en el término de tres días aleguen lo que estimen pertinente; y transcurrido el plazo concedido a las partes para alegar sobre el recurso de reforma interpuesto contra el auto de fecha 17 de diciembre paso a dar cuenta a S.Sa. para resolver».
Pero «por error involuntario se dio cuenta a este Magistrado para resolver considerando el funcionario que había notificado dicha diligencia de 18 de enero cuando en realidad no se había notificado dicha diligencia pese a que constaba ya firmada sino que había sido una posterior de 23 de enero de 2023 que se había proveído dando cuenta de recibir las actuaciones de M. F. y oficio de la Generalitat de Cataluña por lo que comprobado el error procede estimar el recurso dejando sin efecto el auto recurrido y acordando dar traslado de la diligencia junto con el escrito del Ministerio Fiscal para las alegaciones de parte».
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