El Gobierno promueve un cambio legal para permitir que un ministro extranjero participe en un Consejo de Ministros
Un cambio legal exprés en el Congreso para permitir que un ministro extranjero de un país amigo pueda participar excepcionalmente en una reunión del Consejo de Ministros de España
También aclarará que, para prescindir de la consulta pública de una ley, basta con una de las circunstancias previstas y no todas El PSOE y Sumar, los partidos que forman parte del Gobierno de coalición, piensan acometer un cambio legal exprés en el Congreso para permitir que un ministro extranjero de un país amigo pueda participar excepcionalmente en una reunión del Consejo de Ministros de España.
A tal fin, y en vez de presentar un proyecto de ley, quieren aprovechar la tramitación parlamentaria de la Ley Orgánica de Paridad para introducir una enmienda que modifique un artículo de la Ley de Gobierno, la vía más rápida para llevar a cabo el cambio legal.
Esta reforma tiene su origen en el Tratado de Amistad y Cooperación firmado por España y Francia en la cumbre bilateral de Barcelona de enero de 2023, que prevé que "un miembro del Gobierno de una de las partes será invitado al Consejo de Ministros de la otra Parte, al menos una vez cada tres meses y por rotación".
EXTERIORES AVISÓ DEL CONFLICTO LEGAL
Pero la División de Tratados y Otros Acuerdos Internacionales del Ministerio de Asuntos Exteriores puso de manifiesto dos meses después que el tratado firmado "parece entrar en conflicto con la Ley del Gobierno, que establece de manera tasada la composición del Consejo de Ministros". Moncloa dirigió una consulta al Consejo de Estado, que en mayo del año pasado dictaminó que efectivamente esa previsión del acuerdo hispanofrancés requiere reformas legislativas.
Por ello, y según figura en la enmienda, PSOE y Sumar apuestan por modificar el artículo 5.2 de la Ley de Gobierno de 1997 y, a la redacción actual que establece que "a las reuniones del Consejo de Ministros podrán asistir los secretarios de Estado y excepcionalmente otros altos cargos, cuando sean convocados para ello", se añade la coletilla: "sin perjuicio de lo dispuesto en los tratados internacionales válidamente celebrados por España".
Así, este cambio legal, que podría ser realidad antes del verano, permitirá sentarse en el Consejo a un ministro de la República Francesa o de cualquier otro país amigo con el que se firme un tratado similar al suscrito con Francia.
Eso sí, se mantiene el 5.3 que recalca que las deliberaciones del Consejo de Ministros son secretas.
ACLARACIONES ANTE EL SUPREMO
Además, en la misma enmienda el PSOE y Sumar plantean retocar otro artículo de la Ley del Gobierno --el 26.2-- para clarificar los supuestos en los que puede prescindirse del trámite de consulta pública de los anteproyectos de ley, los proyectos de real decreto legislativo y las normas reglamentarias.
Los partidos del Gobierno justifican esta precisión técnica aludiendo a una reciente Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo. Según el tribunal, en el caso de normas reglamentarias de la Administración General del Estado, para poder prescindir del trámite de consulta pública previa, deben concurrir de forma acumulada las distintas circunstancias ya previstas en la ley.
Pero los socialistas destacan que otras sentencias anteriores del Supremo, así como la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la doctrina del Consejo de Estado, ya habían dejado claro que puede prescindirse de la consulta pública cuando se dé "cualquiera" de las circunstancias previstas, sin necesidad de que fueran todas a la vez.
Para clarificar la norma, lo que se ha hecho es cambiar la redacción pero no el contenido. En concreto, la enmienda plantea separar por epígrafes antecedidos de las correspondientes letras todas las circunstancias ya vigentes en lugar de por comas o conjunciones.
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