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La Directiva Anti-SLAPP buscará la defensa de la libertad de expresión internacional frente a las presiones judiciales abusivas
Noticias 22/04/2024 CLEl Diario Oficial de la Unión Europea publicaba, este 16 de abril, la La Directiva Anti-SLAPP. Directiva 2024/1069 centrada en la «protección de las personas que participan en la vida pública contra las demandas manifiestamente infundadas y los procedimientos judiciales abusivos».
«La Directiva está destinada a proteger a las personas que participan públicamente contra procedimientos judiciales civiles manifiestamente infundados o abusivos. Incluso con implicaciones transfronterizas», asegura la Fundación Internacional Baltasar Garzón (FIBGAR)
Es decir, una protección destinada a periodistas, ONG, organizaciones de medios de comunicación y activistas frente a organismos que busquen silenciar, a través de demandas, las informaciones más ‘incómodas’.
«El debate sobre la necesidad de proteger la libertad de expresión e información frente a la amenaza de las SLAPP ha sido intenso en los últimos años, y resulta crucial, tanto en España como en Europa, ofrecer protección ante unas acciones que son una amenaza a la sociedad», destaca Mercedes Asorey, copresidenta de la sección de comunicación y derecho del ICAM y consultora de comunicación jurídica en ASOMAR.
Así, destaca la abogada que esta Directiva nace frente a las demandas SLAPP. Demandas diseñadas «por empresas poderosas y poderes públicos para intimidar y silenciar a periodistas, activistas y organizaciones de la sociedad civil que sacan a luz pública o critican sus acciones o políticas».
«Es un refuerzo a la libertad de expresión», asegura el abogado Antonio Agúndez, de cara a la creación de la Directiva Anti-SLAPP.
Así pues, el letrado ha destacado que esta nueva Directiva «introduce elementos interesantes del debate». Y, ante todo, supone «un ladrillo en la pared de la libertad de expresión».
«Con la aprobación de esta directiva se consigue, entre otros aspectos, que los procedimientos judiciales puedan detenerse para no causar perjuicios en la reputación y los recursos de los demandados», asegura Asorey.
UNA DEFENSA MORAL Y ECONÓMICA CONTRA LAS PRESIONES DE LOS PODEROSOS
«La Directiva anti-SLAPP ofrece una mayor protección a los periodistas para que puedan seguir adelante con sus investigaciones, y puedan informar sin recibir presiones judiciales», explica Asorey.
Una protección que, tal y como explica la abogada penalista Nayra Cordero, de Dikei Abogados, contempla también la cuestión económica a la que se enfrentan los periodistas.
«Las garantías procesales establecidas en la Directiva serán suficientes como medida coercitiva para evitar estas demandas dado el contenido económico de las mismas como solicitar previa a la admisión de la demanda una caución para cubrir las costas procesales, la desestimación temprana de las pretensiones manifiestamente infundadas, y la condena en costas«.
En opinión de Nayra Cordero la nueva Directiva, que tendrá que ser transpuesta a la legislación española, supone una mayor protección para los periodistas.
Además de esta protección económica y jurídica de cara a las SLAPP, esta nueva directiva también protege a periodistas y demás actores de daños morales.
«Valorar los daños morales causados a un periodista por las presiones a su imagen y profesionalidad en casos de demandas SLAPP es complejo», explica Mercedes Asorey.
Una valoración que extiende Antonio Agúndez. «No sólo es la afectación al derecho de imagen, sino también el acoso al que se ven sometidos. Cuestionan la reputación profesional, y puede acabar siendo un perjuicio a nivel psíquico que ha de ser reparado», asegura.
LA DIRECTIVA ANTI-SLAPP, UN «PASO IMPORTANTE», PERO NO EL ÚNICO
Así pues, la Directiva anti-SLAPP es vista por los expertos como un medio para evitar que estas demandas puedan evitar que salgan a la luz diversas informaciones. «La Directiva tiene el potencial de promover la transparencia informativa al desincentivar el uso abusivo de demandas legales», explica Asorey.
«Esta transparencia también aumentará por las personas y organizaciones. Según la Directiva, se verán protegidas como los defensores de los derechos humanos, editoriales, organizaciones civiles, activistas, investigadores o académicos» destaca, coincidiendo, Nayra Cordero.
Una apuesta por reforzar la libertad de expresión que, sin embargo, aún no es suficiente. A pesar de ser un importante avance en la protección de la libertad de información de estos actores sociales, aún no cubre todos los campos necesarios.
Para Agúndez, aún existen muchas vías de «silenciar» a estos actores. Entre ellas, «cortar las vías de comunicación a estas personas, recortar en subvenciones… no son ataques frontales, pero sí suponen un perjuicio».
Del mismo modo, Asorey remarca que esta Directiva no es una «barra libre». «No debemos confundir esta Directiva con una barra libre de información por parte de los medios. Sino más bien como una garantía de libertad de información», ha asegurado.
Una directiva que llegará a ser efectiva a partir de 2026. Y que supondrá una «actualización» de la libertad de expresión como medio de protección para los informantes. Nueva normativa que se unirá a otras que defienden la transparencia en la información, como es el caso de la Ley de Protección del Informante.
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