Los sectarios de la ONU contra los centros de educación especial en España

Es un documento sectario y totalmente contrario hacia la educación especial y las aulas específicas, al utilizar constantemente el término ‘Educación Especial Segregadora‘ para desacreditarla

Noticias 15/06/2024 AE
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Derechos de las Personas con Discapacidad

El Comité de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad está en contra de los centros de educación especial y ha expresado una nueva crítica a España por persistir en la existencia de dichos centros y en la práctica de las ‘aulas específicas’ en las escuelas regulares. 

En nombre de los ‘derechos humanos’, el Comité de la ONU, que se presenta como el único depositario de estos valores, se permite intervenir de manera unilateral y sectaria en la política social de cada país. Y no solo eso, sino que impone cambios a través de recomendaciones coercitivas, sin tener en cuenta la soberanía del país, la opinión de los ciudadanos, ni la justicia propia de cada nación.

Intromisión en la soberanía de un país
Este documento de la ONU evidencia una intromisión del Comité en la política social de cada país, utilizando un vocabulario que valora y desvalora, haciendo recomendaciones y al mismo tiempo exigiendo cambios en las leyes sin tener la soberanía de la nación. Es lo típico del globalismo que legislan por encima de las naciones.

Considera a la educación especial como segregadora
Es un documento sectario y totalmente contrario hacia la educación especial y las aulas específicas, al utilizar constantemente el término ‘Educación Especial Segregadora‘ para desacreditarla, mientras que se emplea ‘Educación Inclusiva de Calidad‘ para valorar la educación ordinaria.

Además, esta postura regresiva se ve acompañada por un deseo de destruir la educación especial y cualquier aula especial dentro de la educación ordinaria, lo que sugiere una fuerte carga ideológica en la redacción de la Convención.

Es evidente que ningún país puede aceptar la imposición de una ideología que va en contra de los propios intereses de los pueblos y de las personas con discapacidad poniendo en peligro el equilibro social y vulnerando los derechos a la educación en la Declaración Universal de Derechos Humanos adoptada y proclamada por la Asamblea General en su resolución 217 A (III), de 10 de diciembre de 1948.

En definitiva, es lamentable la ideología reflejada en este dictamen de la ONU, así como la intención de forzar e imponer a la sociedad española a cumplir con ‘recomendaciones’, lo que socava el derecho a la democracia de los estados de la Unión Europea.

Resulta difícil comprender por qué el Comité busca desmantelar la educación especial, dejando a 43.000 personas con discapacidad, las más vulnerables de la sociedad, en una situación de extrema precariedad en nombre de los ‘derechos humanos’.

Artículo 26 1.

Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.

La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos; y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz. 

Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.

Lo que piensa el comité de la ONU sobre la Educación Especial:
Extracto del dictamen: 17.

El Comité quiere recordar que:

– La Convención no reconoce un derecho a la educación especial.

– La escolarización de personas con discapacidad en centros especiales es una segregación basada en la discapacidad, discriminatoria, y, en consecuencia, incompatible con la Convención.

Las “Aulas especiales” también son segregadoras:

Extracto del dictamen: 46.

El Comité también recuerda que la escolarización en escuelas o aulas especiales o unidades específicas en centros ordinarios no es una forma de inclusión ni de protección de los derechos de las personas con discapacidad.

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Extracto del dictamen: 83.

En particular, el Comité recomienda:

– Derogar, en forma prioritaria y urgente, toda ley vigente que permita o perpetúe la segregación educativa de las personas con discapacidad, a través de su escolarización en escuelas o centros especiales y unidades específicas en aulas ordinarias.

– Revisar su jurisprudencia, para ajustarla a la Convención, reconociendo que la segregación educativa, a través de la escolarización de las personas con discapacidad en centros especiales y unidades específicas en aulas ordinarias.

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