Los jueces de la Audiencia de Madrid acuerdan aceptar el desalojo cautelar ante los casos de okupación

Los magistrados adoptan este criterio tanto si el propietario es una persona física o jurídica, ya sea pública o privada

Nacional 28/11/2022 Impacto España Noticias Impacto España Noticias
OIP (1)
Okupas

Los magistrados de la Audiencia Provincial de Madrid han acordado por unanimidad que con carácter general se estime pertinente que se acuerde la medida cautelar de desalojo y restitución del inmueble en aquellos supuestos en que se aprecien sólidos indicios de la ejecución del delito de allanamiento o usurpación y se verifique la existencia de efectos perjudiciales para el legítimo poseedor, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en un comunicado.

El acuerdo se alcanzó en la Junta Sectorial celebrada el pasado viernes en cuyo orden del día había varias cuestiones, entre ellas fijar un criterio respecto a la aplicación de la ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual.

De este modo, los magistrados de las secciones penales estiman pertinente que se acuerde la medida cautelar de desalojo, en el caso de que sea solicitada, si se aprecian sólidos indicios de la ejecución del delito de allanamiento o usurpación.

Los magistrados han adoptado este criterio tanto si el sujeto pasivo es una persona física como si se trata de una persona jurídica de naturaleza pública o privada.

CONSIDERACIÓN A VICTIMAS Y VECINOS
Los magistrados han tenido en consideración no sólo a las víctimas o perjudicados por el delito, sino también a los vecinos a los que el delito pueda suponer un menoscabo directo en el pleno disfrute de sus derechos.

Y lo hace "sin perjuicio de que cuando se observe una situación de especial vulnerabilidad en las personas que ocupan el inmueble (menores, personas con discapacidad, etc.) de forma simultánea se dé traslado a los servicios sociales a fin de que adopten las medidas oportunas para su protección, facilitando las soluciones que procedan".

En el acuerdo de unificación de criterio, los magistrados de las secciones de Penal de la Audiencia Provincial recuerdan que el artículo 13 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal habilita a la autoridad judicial a adoptar todas aquellas medidas que resulten necesarias para preservar y tutelar los bienes jurídicos ofendidos por la comisión del delito presuntamente cometido.

 Evite la censura de Internet suscribiéndose directamente a nuestro canal de Telegram, Newsletter

Haz tu Donación

Síguenos en Telegram: https://t.me/impactoespananoticias

Twitter: https://twitter.com/impactoSumustv

Instagram: https://www.instagram.com/impactoespana?r=nametag

YOUTUBE: youtube.com/@impactoespananoticias

Whaatsapp: 635967726

Últimas noticias
Te puede interesar
telegram-655x368

La Audiencia Nacional suspende el bloqueo de Telegram

Impacto España Noticias
Nacional 25/03/2024

El magistrado pide información sobre sus características así como sobre la incidencia que pueda tener sobre los usuarios la suspensión temporal que acordó en su auto del pasado viernes y cuya ejecución queda en suspenso

Lo más visto
OIP

Entre impresentables se entienden (y se respaldan)

Impacto España Noticias
Nacional 28/04/2024

El expresidente Fernández respaldó a Pedro Sánchez, que evalúa dejar su cargo por un escándalo vinculado a su esposa. Algo que el argentino conoce bien, tras el escándalo de las fiestas en Olivos durante la cuarentena

pegasus-demonio-tasmania

DEMONIOS DE TASTAMANIA

CANO VERA
Opinion 28/04/2024

Este presidente que anunciaba en una carta al «pueblo» que se retiraba unos días  para meditar sobre su dimisión, porque lo de su señora, es muy fuerte, nos torea, pero es peor porque tanto ha mentido que ya no  nos creemos nada

Suscribete a Impacto España Noticias

IENTV, Copyright IEN,2024. Todos los derechos reservados.

Noticias

Periódico Digital Nacional

IEN