PROYECTO DE LEY DE MEMORIA DEMOCRÁTICA. UN ENGAÑO MÁS

“Difícilmente la Ley de Memoria Democrática supondrá juzgar los crímenes del franquismo”. Daniel Canales. Especializado en justicia internacional y derechos humanos

Opinion 09/08/2022 María José Hernández H.
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Ley de Memoria Democrática

El Proyecto de Ley de Memoria Democrática fue aprobado por el Pleno del Congreso, el 14 de julio y seguirá su tramitación parlamentaria en el Senado.

La nueva ley supone algún avance con respecto a la vigente Ley de Memoria Histórica de Zapatero, 2007.

Entre ellos, el reconocimiento de la responsabilidad del Estado en la exhumación e identificación de víctimas de desaparición forzada, algo que hasta ahora lo hacían los propios familiares y asociaciones privadas a quienes les sigue preocupando que acabe dependiendo de ayuntamientos o comunidades con políticas contrarias.

“La Ley de Memoria Democrática del Gobierno perpetúa la impunidad del franquismo”. Joan Tardà. ERC.
Otro de los avances es que declara ilegales los tribunales franquistas de excepción y nulas sus sentencias e ilegales las asociaciones que hagan apología del franquismo y ensalcen el golpe de Estado y/o a sus dirigentes.

También se creará una Comisión Estatal e Independiente para investigar las violaciones de derechos humanos de la guerra y la dictadura hasta la promulgación de la Constitución de 1978. A este respecto, Amnistía Internacional señala que no solo es conocer la verdad sino hacer las investigaciones judiciales pertinentes.

El problema y el engaño está, entre otras cosas, en que la Ley de Amnistía de 1977 sigue sin derogarse. Pese a que en el Proyecto se menciona que dicha ley debe ser interpretada conforme a los tratados internacionales, es decir, que todos los crímenes políticos cometidos antes de 1976 se consideren imprescriptibles y no amnistiables, jueces, abogados, fiscales, asociaciones memorialistas y el mismo Bolaños admiten que se deja la puerta abierta a que todo siga igual, o sea, sin ninguna reparación jurídica y ni tan siquiera acceso a ciertos documentos sensibles.

Primero porque el gobierno, sus socios, y todos, saben perfectamente que España no ha ratificado todavía la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad de las N.U de 1968 (54 años han pasado ya…). Por tanto, esa mención a la Ley de Amnistía es una burla y un cinismo.

Y segundo, porque también saben que la jurisprudencia o sentencias realizadas por el Tribunal Supremo y el Constitucional han creado una pauta para justificar la no investigación de dichos crímenes, basadas en esta no ratificación; en la ley de Amnistía; en el principio de legalidad; en la retroactividad y en la prescripción de la normativa interna española.

Fue la sentencia del Tribunal Supremo que absolvió al juez Garzón de prevaricación por investigar los crímenes del franquismo la que sentó precedente de dicha jurisprudencia. Los magistrados sostuvieron que nadie puede ser condenado por estos crímenes ni investigarlos por tres razones:

Por la Ley de Amnistía, que perdona los delitos y crímenes de motivación política cometidos antes de 1976.

Por la prescripción de delitos que, según el artículo 131 del Código Penal español, será de 20 años para la pena máxima como torturas, detenciones ilegales etc, excepto los delitos de lesa humanidad y genocidio que nunca prescriben. Algo que queda anulado en el principio de legalidad.

Por el principio de legalidad penal recogido en el artículo 9.3 de la Constitución, por el que no se puede aplicar una norma perjudicial que afecte a hechos producidos antes de la fecha de entrada en vigor de dicha norma. Y como los crímenes de lesa humanidad no se incorporaron al Código Penal español hasta 2004, no se puede aplicar ese delito a ningún acto cometido antes de esa fecha.

A partir de aquí, todos los intentos de investigar los crímenes del franquismo; todas las peticiones de documentación, como por ejemplo las del asesinato de Lorca por parte de los tribunales argentinos; todas las denuncias de torturas por el régimen durante el franquismo, todo, se ha desestimado y se desestimará basándose en esta jurisprudencia, pese a esta futura ley.

Parece evidente que el Estado, el régimen del 78 heredero del franquismo, no ha tenido intención ni tiene de hacer una verdadera reparación y justicia; de responsabilizar a las compañías públicas y privadas que se beneficiaron del trabajo esclavo de 400.000 presos políticos; de reparar dicho trabajo; de restituir los bienes expoliados y robados en el franquismo y de una reparación por la actuación de la iglesia católica no solo como beneficiaria de propiedades incautadas sino también como cómplice, partícipe (y por tanto responsable) de la guerra civil y del franquismo. Los “buenos cristianos”, delatando a gente inocente también asesinaron.

Para terminar, quizá convenga recordar que el emérito Juan Carlos de Borbón, no solo juró los principios del franquismo en 1969, sino también fue jefe de Estado de dicha dictadura durante 43 días del verano de 1974, por enfermedad del dictador. Por ello, no estaría exento de responsabilidad.

España nunca será un país ni una nación íntegra si no resuelve con dignidad y justicia su pasado. Toda la podredumbre y la hez del régimen del 78 en el que vivimos, todas sus impunidades, redes pederastas, corrupciones, desigualdades, tribunales en funciones, todo su colonialismo y dependencias de, todo es una red heredada de un golpe de estado, que creció con los vencidos durante el franquismo y que se consolidó con sus familiares en la Transición hasta nuestros días.

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