Esto es lo que tarda la Seguridad Social en otorgar una incapacidad permanente

No existe un número de días concreto, pero sí un periodo máximo de duración del proceso: hasta 135 días hábiles

Noticias 06/09/2021 Impacto España Noticias Impacto España Noticias
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Las personas que inician un proceso de solicitud de incapacidad permanente sufren, como es normal, una etapa de muchos nervios e incertidumbre. Se busca el cobro de una pensión que puede ayudar a su vida cotidiana y se espera con ansiedad la decisión de la Seguridad Social. Lo cierto es que el organismo tiene sus propios tiempos.

De acuerdo con el bufete especializado Campmany Abogados, para llegar al momento deseado de la resolución de la Seguridad, primero hay que pasar por una serie de pasos en los que el aspirante a pensionista tiene mucho protagonismo y que son necesarios para completar el proceso de petición de una pensión de incapacidad permanente, sea cual sea el grado.

No existe un número de días concreto, pero sí un periodo máximo de duración del proceso: hasta 135 días hábiles, excluyendo fines de semana y festivos. Dependiendo de la complejidas del caso, la duración será diferente. Aunque lo habitual es que la Seguridad Social no el plazo, el ciudadano deberá tener paciencia. Y, por supuesto, cumplir con todas las etapas del proceso.

El primer paso corresponde al ciudadano que pide la incapacidad, ya que debe acumular toda la información sobre su caso: estudios, informes médicos, expedientes, análisis…todo lo que pueda aportar luz sobre su estado actual y lo que le influye en su vida cotidiana. El objetivo: que la Seguridad Social y el tribunal médico se hagan una imagen clara de su situación.

 Con esa información recogida y a mano, el ciudadano debe iniciar el proceso de solicitud de incapacidad permanente. Puede hacerlo en una oficina de la Seguridad Social, pero también a través de la página web de trámites del organismo, donde puede rellenar el formulario de solicitud.

Al entregar la solicitud, el trabajador ha hecho su primera parte del trato. Le toca a la Seguridad Social evaluar dicho informe, para lo cual se convoca un tribunal médico. Su opinión no es vinculante, pero claramente muy decisiva en el dictamen final que concede o deniega la pensión. Al tratarse de un trámite tan clave, el ciudadano ha de seguir una serie de consejos y conocer, además, qué es lo que valora dicho tribunal para que lo pase con éxito.

 Con la opinión del tribunal médico, se elaborará una propuesta de incapacidad permanente que la Seguridad Social se encargará de valorar, no sin antes comprobando tanto la vida laboral del posible beneficiario como su cotización. En el momento de la decisión hay dos opciones: que deniegue la incapacidad o la acepte. En este caso, deberá explicar qué grado se concede: parcial, total, absoluta o gran invalidez.

No será, no obstante, el último paso. El dictamen emitido deberá ser objeto de una nueva revisión y confirmación, y ahí sí que se recibirá la resolución final. En caso de recibir un dictamen negativo, el camino no acaba para el ciudadano, que tiene derecho a recurrir la decisión. En caso de un dictamen afirmativo, el proceso habrá acabado…y con final feliz.

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